Ministerio de Cultura y Educación
Universidad Nacional de San Luis
Facultad de Psicologia
Departamento: Formación Profesional
Área: Intervención Psicológica II
(Programa del año 2020)
I - Oferta Académica
Materia Carrera Plan Año Periodo
DEONTOLOGIA PROFESIONAL LIC. EN PSICOLOGIA R.M. Nº 3549/17 2020 2° cuatrimestre
II - Equipo Docente
Docente Función Cargo Dedicación
FERRERO, MARCELA ANDREA Prof. Responsable P.Tit. Exc 40 Hs
DE ANDREA, NIDIA GEORGINA Responsable de Práctico JTP Exc 40 Hs
LUCERO MORALES, LAURA EMILSE Auxiliar de Práctico A.1ra Exc 40 Hs
III - Características del Curso
Credito Horario Semanal Tipificación Duración
Teórico/Práctico Teóricas Prácticas de Aula Práct. de lab/ camp/ Resid/ PIP, etc. Total C - Teoria con prácticas de aula Desde Hasta Cantidad de Semanas Cantidad en Horas
Periodo
2 Hs. 2 Hs.  Hs.  Hs. 4 Hs. 2º Cuatrimestre 22/09/2020 18/12/2020 13 60
IV - Fundamentación
El presente curso procura brindar a los/as estudiantes el conocimiento necesario para un ejercicio responsable de la profesión desde el punto de vista ético. El mismo está concebido a una altura de la carrera en la cual el estudiantado cuenta con competencias con respecto a su futuro rol profesional a partir de haber transitado diversos cursos específicos. En este curso, se brinda la perspectiva ética acerca del buen proceder en los diversos campos de aplicación científica y profesional de las cuales ya se tiene conocimiento.
En tal sentido, es un curso que apunta a brindar conocimientos que posibiliten desarrollar una reflexión moral sobre los fines que legitiman una actividad profesional, en términos del bien o servicio que una profesión procura a una sociedad, y a sus integrantes. Al mismo tiempo la condición ética del psicólogo/a estará asentada en una escala axiológica inserta en un determinado contexto histórico social. Ello implica contextualizar la responsabilidad que implica la toma de decisiones y las acciones en este campo en tanto atañen a otros sujetos, cuyos derechos y bienestar deben preservarse. Por ello, la capacidad de resolver situaciones ético dilemáticas será acorde no solamente a las diversas normativas ético-deontológicas de la psicología y la bioética actualmente vigentes, sino también a los fundamentos ético-filosóficos que las sustentan.
Los aspectos deontológicos y éticos desarrollados a lo largo del curso, dan cuenta de la doble vertiente de la psicología, como ciencia y profesión, en acuerdo incluso con lo mencionado al respecto en el actual Plan de Estudios de la Licenciatura en Psicología incluido en la Ordenanza 04/96, y sus objetivos: observar en su ejercicio profesional y en su práctica investigativa los principios éticos y deontológicos que establezca la comunidad profesional y científica; comprometerse en la promoción, defensa, y pleno ejercicio de los Derechos Humanos y de los valores de la vida democrática, y asumir una actitud de respeto con el contexto regional, nacional, continental y universal en que se desenvuelve la vida humana. (Ordenanza 04/96, Anexo II). La articulación de los contenidos del curso en la formación general de psicólogas/os, ha sido también
desarrollada en el Protocolo de Acuerdo: Recomendaciones acerca de la Formación Universitaria en Psicología en Argentina y Uruguay, que elaborara el Programa de Formación de Especialistas en Innovación Curricular en Psicología de la Asociación de Unidades Académicas de Psicología (AUAPsi) en 1999. En dicho documento, se planteaba la necesidad de que la currícula de la carrera de Psicología desarrollara competencias relativas a la dimensión ética-axiológica-deontológica implicada en la producción, transmisión, transferencia y aplicación del conocimiento, especialmente con relación a los valores y responsabilidades involucrados en el ejercicio científico y profesional de psicólogos/as. En 2007, AUAPsi aprobó las Actividades Reservadas al Título, y en todas las actividades mencionadas se incluye como requisito el contar con conocimientos de ética y deontología profesional. En la misma línea, el Ministerio de Educación aprobó en 2009 la Res. 343 en la que quedaron estipulados los contenidos curriculares básicos, la carga horaria, los criterios de intensidad de la formación práctica y los estándares para la acreditación de las carreras correspondientes a los títulos de Psicólogo y Licenciado en Psicología, señalando que los conocimientos de ética y deontología profesional son indispensables en la formación de futuras/os profesionales de la psicología.
En virtud de ello, el programa procura brindar elementos que hacen esencialmente a la racionalidad propia de la ética, a la vez que desarrollar herramientas indispensables para el desempeño profesional y científico del psicólogo/a. Desde esta perspectiva, se promueve el conocimiento de diversas declaraciones de derechos humanos en particular las relacionadas con el ámbito de la salud, de normativas específicas de la salud mental -especialmente la Ley de Salud Mental 26.647-, de regulaciones éticas del campo de la bioética, de Códigos profesionales de ética nacionales, y de declaraciones de principios éticos de la psicología internacionales. De la mano de ese aspecto de carácter más deontológico, este curso propicia la construcción en estudiantes de una posición ética responsable y comprometida con la realidad social en la que se hallan inmersos/as, y que será indispensable para su buen accionar científico y/o profesional en todo campo de aplicación. Al mismo tiempo, el presente programa ha sido adaptado a las circunstancias que la pandemia COVID-19 han implicado para el desarrollo del proceso enseñanza-aprendizaje, adecuando el dictado de clases teóricas y prácticas, los contenidos, las clases de consulta y las instancias de evaluación, a diversas modalidades no presenciales.
V - Objetivos / Resultados de Aprendizaje
-Profundizar en la relación existente entre los derechos humanos y la ética y la deontología de la psicología y analizar el alcance del respeto por la autonomía y los derechos de las personas en el ámbito de la salud mental, y su relación con el marco legal existente en Argentina.
- Reflexionar sobre la relación existente entre ética, moral, ética profesional y deontología, especialmente en relación a la Psicología.
- Desarrollar consideraciones centrales de la bioética que se articulan con la deontología y la ética
profesional de la psicología.
- Analizar aspectos éticos involucrados en el quehacer científico y profesional de la psicología, y
profundizar en la resolución de posibles conflictos éticos.
- Conocer y reflexionar sobre las principales normas nacionales e internacionales que regulan el ejercicio profesional de la psicología y comprender los fundamentos y alcances de las mismas.
VI - Contenidos
Unidad 1. Los derechos humanos y su relación con la ética y la deontología profesional en psicología.
Derechos Humanos: Definición, Generaciones de Derechos Humanos. Relación entre derechos y obligaciones en el campo profesional. La responsabilidad social en el ejercicio profesional. La importancia de los derechos humanos en la práctica profesional de la psicología. El valor de la Ley de Salud Mental N° 26657.

Unidad 2. Ética y deontología de la psicología: de la reflexión moral a la aplicación profesional.
La psicología como ciencia y como profesión. La creciente profesionalización de la psicología y el desarrollo de la deontología profesional. Fundamentos de la deontología en psicología. La ética y la deontología profesional como parte de la formación de grado. Actividades reservadas al título.

Unidad 3. La ética en la investigación en psicología.
Principios de la Bioética. Pautas éticas para la investigación en salud con seres humanos. La ética en la investigación en psicología. Importancia del consentimiento informado y del asentimiento, ecuación riesgo-beneficio, autonomía en la participación, asimetría de roles, uso de datos y resultados, responsabilidad moral del/la investigador/a. Principales documentos éticos en investigación.

Unidad 4. Circuitos de regulación del ejercicio profesional.
Organización institucional de la comunidad psicológica. Vías de regulación de la psicología: ámbito académico y ámbito profesional. Leyes del Ejercicio Profesional en Argentina y su relación con los Colegios Profesionales. Principales regulaciones éticas de la psicología a nivel nacional, regional e internacional: declaraciones de principios éticos y códigos de ética en psicología.

Unidad 5. Los códigos de ética y el alcance de sus normas.
El valor de los códigos en el ejercicio profesional. Aspectos centrales de los códigos: confidencialidad o secreto profesional -sus alcances y límites-, consentimiento informado, conflicto de intereses, y mala praxis. Estudiantes universitarios y su relación con los códigos de ética. Conflictos y dilemas éticos en psicología. La psicología y su relación con intervenciones no avaladas científicamente.

VII - Plan de Trabajos Prácticos
Acorde a lo establecido por el Ministerio de Educación a través de la Res. 343 de 2009 y su modificatoria Res. 800 de 2011, los trabajos prácticos complementarán los desarrollos teóricos, y estarán destinados a la adquisición de habilidades y conocimientos metodológicos y de dispositivos de evaluación e intervención psicológicas, en este caso en el ámbito de la ética en psicología. Así, se procurará que los/as estudiantes adquieran conocimientos de ética y deontología, y desarrollen capacidades críticas y reflexivas desde el punto de vista ético respecto de situaciones que pudieran presentarse en el ámbito de la investigación y los diferentes ámbitos de aplicación de la psicología. Para ello, se trabajará con el estudiantado en una serie de casos que reflejan estas situaciones y se propiciará el análisis reflexivo y crítico de los mismos en base a los conocimientos brindados en clases teóricas y en los diversos textos. Acorde a las medidas sanitarias por la pandemia COVID 19, se trabajará a través del Aula Virtual de la Plataforma Moodle de la FCFMyN de la UNSL y de la Plataforma Meet educativo.

El plan de trabajos prácticos es:
Los trabajos prácticos serán realizados en grupo de 4 a 6 personas.
Cada Trabajo Práctico deberá ser aprobado con una calificación mínima de 6 puntos tanto por estudiantes promocionales como regulares, en una escala del 1 al 10. Para ello, se deberán aprobar todas y cada una de las partes que corresponden a cada Trabajo Práctico.

TRABAJO PRÁCTICO 1: ANALISIS ETICO DE UN PLAN DE INVESTIGACION (UNIDADES 1, 2 y 3).
Objetivo: Comprender el análisis de una investigación desde el punto de vista ético.
PARTE A: DISEÑO DEL PLAN DE INVESTIGACIÓN. Los/as estudiantes en grupos diseñarán un plan de investigación a partir un de tema propuesto por el equipo docente.
PARTE B: ANALISIS ETICO DEL PLAN DE INVESTIGACIÓN, Los/as estudiantes en grupos analizarán el plan de investigación diseñado por ellos/as desde el punto de vista ético.


TRABAJO PRÁCTICO 2: ANALISIS ÉTICO DE SITUACIONES DEL EJERCICIO PROFESIONAL EN DIFERENTES AMBITOS DE LA PSICOLOGÍA (UNIDADES 4 Y 5).
Objetivo: Comprender el proceso de análisis de situaciones del ejercicio profesional desde el punto de vista ético en los diferentes campos de aplicación de la psicología.
Los/as estudiantes analizarán, desde el punto de vista ético, 4 situaciones/casos de diferentes ámbitos de aplicación de la psicología, planteadas por el equipo docente.
Las 8 horas restantes del crédito horario total, que no están detalladas en el punto III (características del curso) se completaran con actividades de consultas y supervisión, con la presencia simultánea/sincrónica de docentes y estudiantes.
VIII - Regimen de Aprobación
1. Condición de estudiante promocional.
Mientras persistan las condiciones impuestas por el COVID19 referidas a la enseñanza virtual, las condiciones serán:
a) Aprobación de una evaluación parcial con un mínimo de 7 (siete) puntos, en una escala de 0 a 10. El parcial tendrá dos instancias de recuperación acorde a la Resol. CS. N° 32/14. Todas las instancias se realizarán a través del Aula Virtual de la Plataforma Moodle de la FCFMyN de la UNSL
b) Aprobación del 100% de los trabajos prácticos con un mínimo de 6 (seis) puntos, mediante presentación de las actividades previstas por el equipo de cátedra. Cada Trabajo Práctico tendrá su instancia de recuperación.
c) Aprobación de un examen integrador con un mínimo de 7 (siete) puntos, en una escala de 0 a 10 puntos. El examen integrador tendrá dos instancias de recuperación, acorde a la Resol. CS. N° 32/14. Todas las instancias se realizarán a través del Aula Virtual de la Plataforma Moodle de la FCFMyN de la UNSL.

2. Condición de estudiante regular.
a) Aprobación de una evaluación parcial con un mínimo de 6 (seis) puntos, en una escala de 0 a 10. El parcial tendrá dos instancias de recuperación acorde a la Resol. CS. N° 32/14. La misma se realizará a través del Aula Virtual de la Plataforma Moodle de la FCFMyN de la UNSL
b) Aprobación del 100% de los trabajos prácticos con un mínimo de 6 (seis) puntos, mediante presentación de las actividades previstas por el equipo de cátedra. Cada Trabajo Práctico tendrá su instancia de recuperación.
c) Aprobación del examen final oral a programa abierto con un mínimo de 4 (cuatro) puntos, en una escala de 0 a 10. Los/as estudiantes podrán comenzar a disertar sobre un tema de su elección, y luego el jurado evaluador podrá realizar preguntas a programa abierto.

3. Condición de estudiante libre.
La aprobación de la asignatura para los/as estudiantes libres consta de tres instancias:
a) Aprobación de un trabajo práctico, en el que se analiza un caso real o ficticio a partir de los contenidos dictados en la asignatura. Se aprueba con un mínimo de 4 (cuatro) puntos, en una escala de 0 a 10.
b) Aprobación de examen escrito teórico-práctico con un mínimo de 4 puntos, en una escala de 0 a 10.
c) Aprobación de examen oral con un mínimo de 4 puntos, en una escala de 0 a 10
IX - Bibliografía Básica
[1] Toda la bibliografía se encuentra disponible en la Oficina de Cátedra para su consulta y en el Aula Virtual de la Plataforma Moodle de la FCFMyN de la UNSL.
[2] Unidad 1:
[3] Avruj, C. (2014). El reconocimiento de los derechos humanos. La Nación. http://www.lanacion.com.ar/1720636-el-reconocimiento-de-los-derechos-humanos
[4] Bustamante Donas, J. (2001). Hacia la cuarta generación de Derechos Humanos: repensando la condición humana en la sociedad tecnológica. Revista Iberoamericana de Ciencia, Tecnología, Sociedad e Innovación, 1, 22-32.
[5] Ferrero, A. (2002). Importancia de los derechos humanos en los códigos deontológicos de psicología en la Argentina. Revista Argentina de Psicología, 45, 51-58.
[6] Nación Argentina (2010). Ley N° 26.657/10 de Derecho a la Protección de la Salud Mental. Buenos Aires: Autor.
[7] Presidencia de la Nación. Secretaria de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural. Escuela de Derechos Humanos (2016). Introducción a los derechos humanos. Buenos Aires: Autor.
[8] Unidad 2:
[9] Calo, O (2000). Ética y deontología en la formación del psicólogo argentino. Fundamentos en Humanidades, I (2), 7-12.- Ferrero, A. (2006). Especificidad de la ética y la deontología profesional en psicología. Investigando en Psicología, 8, (8), 113-122.
[10] Ferrero, A. (2012). El valor de la ética profesional en el ejercicio de la psicología. Revista psicólogos. Colegio de psicólogos de Guatemala. 2, 6, 13-17.
[11] Nación Argentina (2018). Resolución 1254/2018. Buenos Aires: Ministerio de Educación.
[12] Román, B. (2000). Los retos de la ética en el nuevo milenio. ARS BREVIS, 311- 336.
[13] Vilanova, A. (2000). La formación académica del psicólogo en el mundo y en el país. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur. Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata, pp 107-118.
[14] Unidad 3:
[15] Asociación Médica Mundial (1964/2013). Declaración de Helsinki. Autor.
[16] Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médica (CIOMS) & Organización Mundial de la Salud (OMS) (2002). Pautas éticas internacionales para la investigación biomédica en seres humanos.
[17] Leibovich de Duarte, A. (2000). La dimensión ética en la investigación psicológica. Investigaciones en psicología, 5 (1), 41-61.
[18] Mainetti, J. A. (2000). Compendio bioético. II Parte, Capítulo II: Paradigma disciplinario, pp 95-116. La Plata: Queirón.
[19] Ministerio de Salud (2011). Resolución 1480/11. Guía para Investigaciones con Seres Humanos. Buenos Aires: Autor.
[20] Mondragón Barrios, L. (2007). Ética de la investigación psicosocial. Salud Mental, 30 (6), 25-31.
[21] National Health Institute of USA (2003). Informe Belmont. Autor.
[22] Tribunal Internacional de Nuremberg (1947). Código de Nuremberg. Autor
[23] Unidad 4:
[24] Comité Coordinador de Psicólogos del Mercosur y Países Asociados (1997). Protocolo de acuerdo marco de principios éticos para el ejercicio profesional de los psicólogos en el Mercosur y Países Asociados. En Conselho Federal de Psicologia, A psicologia no Mercosur. 11-14. Brasilia: Autor.
[25] De Andrea, N. & Ferrero, A. (2011). Clasificación de las instituciones de la psicología desde tres puntos de vista: objetivos, alcance jurisdiccional y tipo de afiliación. Actas del "III Congreso Internacional de Investigación y Práctica Profesional en Psicología. XVIII Jornadas de Investigación y VII Encuentro de Investigadores en Psicología del Mercosur". Universidad Nacional de Buenos Aires. 77-80.
[26] Federación de Psicólogos de la República Argentina (FePRA). Resolución Nro. 12/03. Autor.
[27] Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (2002). Metacódigo de Ética de la Federación Europea de Psicología (EFPA). Madrid: Colegio Oficial de Psicólogos de España.
[28] Ferrero, A. & De Andrea, N. (2011). Regulación de la Psicología por parte del Estado en la República Argentina. Revista Electrónica de Psicología Política. Facultad de Ciencias Humanas. Universidad Nacional de San Luis. 21, (7), 51- 59.
[29] Gobierno de la Provincia de San Luis (2004). Ley Provincial del Ejercicio Profesional del Psicólogo en San Luis. Ley 5700/04. San Luis: Autor.
[30] International Union of Psychological Science (2008). Universal Declaration of Ethical Principles for Psychologists. Montréal, Canadá: Autor. Extraído de http://www.am.org/iupsys/resources/ethics/univdecl2008.html
[31] Unidad 5:
[32] American Psychological Association (2002). Código de ética. Washington: Autor.
[33] Calo, O. (2002). La interacción del profesional con los códigos de ética. Revista Argentina de Psicología, 45, 25-36.
[34] Colegio de Psicólogos de San Luis (s/f). Código de Ética Profesional. San Luis. San Luis: Autor.
[35] Del Río Sánchez, C. (2007). Dilemas éticos relacionados con la confidencialidad. Información Psicológica. 90, 12-27.
[36] Federación de Psicólogos de la República Argentina (2013). Código de Ética de la Federación de Psicólogos de la República Argentina. Buenos Aires: Autor.
[37] Federación de Psicólogos de la República Argentina (2015). Pronunciamiento ante las "terapias alternativas”. Buenos Aires: Autor. http://www.fepra.org.ar
[38] Ferrero, A. (2014). Impacto de la Declaración Universal de Principios Éticos Para Psicólogas y Psicólogos. PSYKHE, 23 (1), pp. 1-11.
[39] Ferrero, A., De Andrea, N. & Lucero, F. (2018). La importancia del consentimiento informado y el asentimiento en psicología. Actas del III Congreso Internacional de Psicología, VI Congreso Nacional de Psicología "Ciencia y Profesión: Desafíos para la construcción de una psicología regional". Pp. 84. Universidad Nacional de Córdoba: Autor.
[40] Ferrero, A., Lucero, F. & De Andrea, N. (2018). Aspectos centrales de la confidencialidad en psicología. Actas del X Congreso Internacional de Investigación y Práctica Profesional en Psicología, XXV Jornadas de Investigación y Decimocuarto Encuentro de Investigadores en Psicología. Buenos Aires: Autor.
[41] Salomone, G. (2011). Responsabilidad profesional: las perspectivas deontológicas, jurídicas y clínicas”. En G. Salomone, Discursos institucionales. Lecturas clínicas, pp. 72-77. Buenos Aires: Dynamo.
X - Bibliografia Complementaria
[1] Organización de Estados Americanos (1969) Convención Americana sobre Derechos Humanos -Pacto de San José de Costa Rica-. En Nación Argentina, Constitución de la Nación Argentina. Documentos Página 12, 34-37. Buenos Aires: Autor.
[2] Organización de las Naciones Unidas (1948/1994). Declaración Universal de Derechos Humanos. En Nación Argentina, Constitución de la Nación Argentina. Documentos Página 12, 33-34. Buenos Aires: Autor.
[3] Alonso, M. (1999). Psicología en Argentina. En, M. Alonso & A. Eagly (Eds.). Psicología en las Américas (pp. 25-45). Caracas: Sociedad Interamericana de Psicología.
[4] Aranguren, J. L. (1986). Etica. Madrid: Alianza.
[5] Ardila, R. (1986). La psicología en América Latina. Pasado, presente y futuro. México-Madrid-Buenos.Aires.-Bogotá: Siglo XXI.
[6] Calo, O. (2000).Sobre el sesgo clínico de los códigos deontológicos de los psicólogos argentinos. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 31-36). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.
[7] Colegio de Psicólogos de Mendoza (2013). Código de Ética. Mendoza: Autor.
[8] De Andrea, N. & Prat, R. Análisis comparativo entre el "Protocolo de Acuerdo Marco de principios éticos para el ejercicio profesional de los psicólogos en el Mercosur y países asociados" y la "Declaración Universal de principios éticos para psicólogas y psicólogos". Memorias de las IV Congreso Internacional de Investigación y Práctica Profesional en Psicología. Buenos Aires, 66-69.
[9] Di Doménico, C. &Vilanova, A. (Eds.) (1999). Formación de Psicólogos en el Mercosur. Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.
[10] Klappenbach, H. (2000). El título profesional del psicólogo en Argentina. Antecedentes históricos y situación actual. Revista Latinoamericana de Psicología, 32, 3, 419-446.
[11] Leranoz, C. (2000). El consentimiento informado en los códigos de ética de la República Argentina. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 47-53). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.
[12] Ormart, E. (2013). El secreto profesional en psicología: aspectos deontológicos, legales y clínicos. Psicología para América Latina, 24, 191-205.
[13] Varela, R. (2000). Acerca de la relación con los colegas, con otros profesionales y con el colegio. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 67-80). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.
[14] Hermosilla, A. (2000). Consideraciones sobre el secreto profesional. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 55-65). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.
XI - Resumen de Objetivos
Conocer la relación entre ética, moral, ética profesional y deontología, especialmente en relación a la psicología. Identificar el impacto de la bioética en la deontología y la ética profesional de la psicología. Analizar aspectos éticos involucrados en el quehacer científico y profesional de la disciplina, profundizando en la resolución de posibles conflictos éticos. Analizar el rol de los derechos humanos y la noción de autonomía en la ética y la deontología de la psicología y el ámbito de la salud mental y su marco legal en Argentina. Conocer reflexivamente las principales normas nacionales e internacionales del ejercicio profesional de la psicología comprendiendo sus fundamentos y alcances.
XII - Resumen del Programa
Esta asignatura brinda conocimientos que posibilitan desarrollar una mirada crítica y reflexiva sobre la condición de psicólogo/a, asentada en una escala axiológica que fundamente decisiones y acciones que atañen a su práctica científica y profesional; y también se procura el análisis y comprensión de aquellas normativas que regulan el ejercicio profesional de la psicología, en todos sus ámbitos.
En la primera parte del programa se brindan contenidos referidos a moral, ética y la deontología, y su implicación en el campo de la psicología, analizando el pasaje de la reflexión moral a la aplicación de la norma profesional. Luego se analizan los requisitos éticos para la investigación en psicología especialmente a partir de los principios de la bioética y de los documentos específicos a nivel nacional e internacional. A continuación se desarrollan los circuitos de regulación del ejercicio profesional por parte de Estado: las actividades reservadas al título, las leyes del ejercicio profesional, la LSM ° 26657, y sus instituciones, con especial interés en los colegios profesionales. De la mano de ello se analiza el valor de los códigos de ética y de las declaraciones de principios éticos, analizando conceptos princeps de la ética profesional. Finalmente, se plantea la responsabilidad social en el ejercicio profesional, que apunta a la promoción y preservación del bienestar y los derechos de personas y comunidades con las que se trabaja, y sus avatares en épocas de falta de garantía de cumplimiento de los derechos humanos.
XIII - Imprevistos
Por el DECNU-520/2020 de distanciamiento social, obligatorio y preventivo, establecido por el Gobierno Nacional, surgió la necesidad de reajustar el Calendario Académico de la Universidad Nacional de San Luis, lo cual llevó a la reorganización y readecuación de la modalidad de la cursada de la asignatura, brindándose las actividades (teóricas y trabajos prácticos) en modalidad no presencial, a través de diversas herramientas virtuales. En este caso, tanto para las clases teóricas como para los trabajos prácticos se utilizó la plataforma de Aulas Virtuales Moodle; y el contacto con estudiantes se mantuvo a través de Google Meet.
XIV - Otros