Ministerio de Cultura y Educación
Universidad Nacional de San Luis
Facultad de Psicologia
Departamento: Formación Profesional
Área: Intervención Psicológica II
(Programa del año 2019)
(Programa en trámite de aprobación)
(Programa presentado el 15/11/2019 11:14:31)
I - Oferta Académica
Materia Carrera Plan Año Periodo
DEONTOLOGIA PROFESIONAL LIC. EN PSICOLOGIA R.M. Nº 3549/17 2019 2° cuatrimestre
II - Equipo Docente
Docente Función Cargo Dedicación
FERRERO, MARCELA ANDREA Prof. Responsable P.Tit. Exc 40 Hs
DE ANDREA, NIDIA GEORGINA Responsable de Práctico JTP Exc 40 Hs
LUCERO MORALES, LAURA EMILSE Auxiliar de Práctico A.1ra Exc 40 Hs
III - Características del Curso
Credito Horario Semanal Tipificación Duración
Teórico/Práctico Teóricas Prácticas de Aula Práct. de lab/ camp/ Resid/ PIP, etc. Total C - Teoria con prácticas de aula Desde Hasta Cantidad de Semanas Cantidad en Horas
Periodo
2 Hs. 2 Hs.  Hs.  Hs. 4 Hs. 2º Cuatrimestre 13/03/2019 16/11/2019 15 60
IV - Fundamentación
El presente curso procura brindar a alumnos/as el conocimiento necesario para un ejercicio responsable de la profesión desde el punto de vista ético. El mismo está concebido a una altura de la carrera en la cual el alumnado cuenta con competencias con respecto a su futuro rol profesional a partir de haber transitado diversos cursos específicos. En este curso, se brinda la perspectiva ética acerca del buen proceder en los diversos campos de aplicación científica y profesional de las cuales ya se tiene conocimiento.
En tal sentido, es un curso que apunta a brindar conocimientos que posibiliten desarrollar una reflexión moral sobre los fines que legitiman una actividad profesional, en términos del bien o servicio que una profesión procura a una sociedad, y a sus integrantes. Al mismo tiempo la condición ética del psicólogo/a estará asentada en una escala axiológica inserta en un determinado contexto histórico social. Ello implica contextualizar la responsabilidad que implica la toma de decisiones y las acciones en este campo en tanto atañen a otros sujetos, cuyos derechos y bienestar deben preservarse. Por ello, la capacidad de resolver situaciones ético dilemáticas será acorde no solamente a las diversas normativas ético-deontológicas de la psicología y la bioética actualmente vigentes, sino también a los fundamentos ético-filosóficos que las sustentan.
Los aspectos deontológicos y éticos desarrollados a lo largo del curso, dan cuenta de la doble vertiente de la psicología, como ciencia y profesión, en acuerdo incluso con lo mencionado al respecto en el actual Plan de Estudios de la Licenciatura en Psicología incluido en la Ordenanza 04/96, y sus objetivos: observar en su ejercicio profesional y en su práctica investigativa los principios éticos y deontológicos que establezca la comunidad profesional y científica; comprometerse en la promoción defensa y pleno ejercicio de los Derechos Humanos y de los valores de la vida democrática, y asumir una actitud de respeto con el contexto regional, nacional, continental y universal en que se desenvuelve la vida humana. (Ordenanza 04/96, Anexo II). La articulación de los contenidos del curso en la formación general de psicólogas/os, ha sido también
desarrollada en el Protocolo de Acuerdo: Recomendaciones acerca de la Formación Universitaria en Psicología en Argentina y Uruguay, que elaborara el Programa de Formación de Especialistas en Innovación Curricular en Psicología de la Asociación de Unidades Académicas de Psicología (AUAPsi) en 1999. En dicho documento, se planteaba la necesidad de que la currícula de la carrera de Psicología desarrollara competencias relativas a la dimensión ética-axiológica-deontológica implicada en la producción, transmisión, transferencia y aplicación del conocimiento, especialmente con relación a los valores y responsabilidades involucrados en el ejercicio científico y profesional de psicólogos/as. En 2007, AUAPsi aprobó las Actividades Reservadas al Título, y en todas las actividades mencionadas se incluye como requisito el contar con conocimientos de ética y deontología profesional. En la misma línea, el Ministerio de Educación aprobó en 2009 la Res. 343 en la que quedaron estipulados los contenidos curriculares básicos, la carga horaria, los criterios de intensidad de la formación práctica y los estándares para la acreditación de las carreras correspondientes a los títulos de Psicólogo y Licenciado en Psicología, señalando que los conocimientos de ética y deontología profesional son indispensables en la formación de futuras/os profesionales de la psicología.
En virtud de ello, el programa procura brindar elementos que hacen esencialmente a la racionalidad propia de la ética, a la vez que desarrollar herramientas indispensables para el desempeño profesional y científico del psicólogo/a. Desde esta perspectiva, se promueve el conocimiento de diversas declaraciones de derechos humanos en particular las relacionadas con el ámbito de la salud, de normativas específicas de la salud mental -especialmente la Ley de Salud Mental 26.647-, de regulaciones éticas del campo de la bioética, de Códigos profesionales de ética nacionales, y de declaraciones de principios éticos de la psicología internacionales. De la mano de ese aspecto de carácter más deontológico, este curso propicia la construcción en alumnas/os de una posición ética responsable y comprometida con la realidad social en la que se hallan inmersos, y que será indispensable para su buen accionar científico y/o profesional en todo campo de aplicación.
V - Objetivos / Resultados de Aprendizaje
Profundizar en la relación existente entre los derechos humanos y la ética y la deontología de la psicología y analizar el alcance del respeto por la autonomía y los derechos de las personas en el ámbito de la salud mental, y su relación con el marco legal existente en Argentina.
Reflexionar sobre la relación existente entre ética, moral, ética profesional y deontología, especialmente en relación a la Psicología.
Desarrollar consideraciones centrales de la bioética que se articulan con la deontología y la ética
profesional de la psicología.
Analizar aspectos éticos involucrados en el quehacer científico y profesional de la psicología, y
profundizar en la resolución de posibles conflictos éticos.
Conocer y reflexionar sobre las principales normas nacionales e internacionales que regulan el ejercicio profesional de la psicología y comprender los fundamentos y alcances de las mismas.
VI - Contenidos
Unidad 1. Los derechos humanos y su relación con la ética y la deontología profesional en psicología.
Derechos Humanos: Definición, Generaciones de Derechos Humanos. Declaración Universal de Derechos Humanos. Relación entre derechos y obligaciones en el campo profesional. La responsabilidad social en el ejercicio profesional. La importancia de los derechos humanos en la práctica profesional. La interrupción del cumplimiento de los derechos humanos y su efecto en la práctica profesional en Argentina.

Unidad 2. Ética y deontología de la psicología: de la reflexión moral a la aplicación profesional.
Fundamentos de la deontología en psicología. La psicología como ciencia y como profesión. La creciente profesionalización de la psicología y el desarrollo de la deontología profesional. La ética y la deontología profesional como parte de la formación de grado. Actividades reservadas al título. Relación entre Actividades reservadas al título y formación universitaria.

Unidad 3. La ética de la investigación en psicología.
Principios de la Bioética. Pautas éticas para la investigación en salud con humanos. La investigación en psicología. Importancia del consentimiento informado y del asentimiento. Principales documentos éticos en investigación: Código de Nüremberg, Declaración de Helsinki, Informe Belmont, Guía para Investigaciones con Seres Humanos de Argentina, Pautas Éticas Internacionales para la Investigación y Experimentación Biomédica en Seres Humanos.

Unidad 4. Circuitos de regulación del ejercicio profesional.
Organización institucional de la comunidad psicológica. Leyes del Ejercicio Profesional en Argentina y su relación con los Colegios Profesionales. El valor de la Ley de Salud Mental N° 26657. Principales regulaciones éticas de la psicología a nivel nacional, regional e internacional. Diferencia entre Declaraciones de principios éticos y códigos de ética en psicología. El código como construcción colectiva.

Unidad 5. Fundamento y alcance de los códigos de ética.
Alcances de los códigos en el ejercicio como profesional, como docente y como investigador/a. Estudiantes universitarios y su relación con los códigos de ética. Aspectos centrales de los códigos: confidencialidad o secreto profesional -sus alcances y límites-, consentimiento informado, conflicto de intereses y mala praxis. Conflictos y dilemas éticos en psicología. La psicología y su relación con intervenciones no psicológicas.

VII - Plan de Trabajos Prácticos
Acorde a lo establecido por el Ministerio de Educación a través de la Res. 343 de 2009 y su modificatoria Res. 800 de 2011, los trabajos prácticos complementarán los desarrollos teóricos, y estarán destinados a la adquisición de habilidades y conocimientos metodológicos y de dispositivos de evaluación e intervención psicológicas, en este caso en el ámbito de la ética en psicología. Así, se procurará que alumnas/os adquieran conocimientos de ética y deontología, y desarrollen capacidades críticas y reflexivas respecto de diverso tipo de situaciones ético dilemáticas referidas a su futuro rol profesional. Se trabajará con el alumnado en una serie de casos que reflejan situaciones ético-dilemáticas y se propiciará el análisis reflexivo y crítico de los mismos en base a los conocimientos brindados en clases teóricas y en los diversos textos. La modalidad de presentación de casos será a través de role playing para facilitar la comprensión de los contenidos teóricos.
Dado que este curso tiene la opción de ser aprobado por promoción, los Trabajos Prácticos serán evaluados a través de diversas actividades que se desarrollarán en las clases prácticas. Se prevé que la instancia de evaluación parcial tenga sus recuperaciones acorde a la Resol. CS. N° 32/14.

El plan de trabajos prácticos es:
T.P. 1: Derechos humanos en psicología.
A partir de estudiar los videos y textos propuestos, el alumnado deberá responder una guía de preguntas, que será evaluada a la través del Aula Virtual.
-Video: ¿Qué son los derechos humanos? https://www.youtube.com/watch?v=PPeRECua5CQ
-Video: Declaración Universal de Derechos Humanos. https://www.youtube.com/watch?v=iRNybj6cIuM
-Presidencia de la Nación. Secretaria de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural. Escuela de Derechos Humanos (2016). “Introducción a los derechos humanos”.
-Documento de cátedra (2016). Generaciones de derechos humanos.
-Organización de las Naciones Unidas (1948/1994). Declaración Universal de Derechos Humanos. En Nación Argentina, Constitución de la Nación Argentina. Documentos Página 12, 33-34.Buenos Aires: Autor.
-Organización de Estados Americanos (1969) Convención Americana sobre Derechos Humanos -Pacto de San José de Costa Rica-. En Nación Argentina, Constitución de la Nación Argentina. Documentos Página 12, 34-37. Buenos Aires: Autor.

TP 2: Principios de la bioética en investigación con seres humanos
A partir de la lectura de los siguientes textos, analizar los casos emblemáticos Experimento la Cárcel de Stanford, Milgram, Tuskeege, Willowbrook.
-Mainetti, J. A. (2000). Compendio bioético. II Parte, Capítulo II: Paradigma disciplinario, pp
95-116. La Plata: Queirón.
-National Health Institute of USA (2003). Informe Belmont. Autor.
-Mondragón Barrios, L. (2007). Ética de la investigación psicosocial. Salud Mental, 30 (6), 25-31

T.P.3: Consideraciones éticas en la construcción y desarrollo de una investigación en psicología.
A partir de los textos, analizar una investigación, que será presentado por las docentes.
-Leibovich de Duarte, A. (2000). La dimensión ética en la investigación psicológica. Investigaciones en psicología, 5 (1), 41-61.
-Ministerio de Salud (2011). Resolución 1480/11. Guía para Investigaciones con Seres Humanos. Buenos Aires: Autor.

T. P. 4: Normas éticas del ejercicio profesional de la psicología
A partir de los textos estudiados, analizar casos escritos presentados por las docentes, con respecto a diferentes normas éticas del ejercicio profesional de la psicología.
-Salomone, G. (2011). Responsabilidad profesional: las perspectivas deontológicas, jurídicas y clínicas”. En G. Salomone, Discursos institucionales. Lecturas clínicas, pp. 72-77. Buenos Aires: Dynamo.
-Del Río Sánchez, C. (2007). Dilemas éticos relacionados con la confidencialidad. Información Psicológica.90, 12-27.
-Federación de Psicólogos de la República Argentina (2013). Código de Ética de la Federación de Psicólogos de la República Argentina. Buenos Aires: Autor.
-Ferrero, A., Lucero, F. & De Andrea, N. (2018). Aspectos centrales de la confidencialidad en psicología. Actas del X Congreso Internacional de Investigación y Práctica Profesional en Psicología, XXV Jornadas de Investigación y Decimocuarto Encuentro de Investigadores en Psicología. Buenos Aires: Autor.

T.P. 5: Modelos de Consentimiento informado
A partir de los textos estudiados, redactar un modelo de consentimiento informado.
-Ferrero, A.; Lucero Morales, E. & De Andrea N. (2013). Una aproximación al consentimiento informado en menores en Argentina a partir de la Ley de Salud Mental N° 26.657/10. Actas del V Congreso Internacional de Investigación y Práctica Profesional en Psicología. XX Jornadas de Investigación y IX Encuentro de Investigadores en Psicología del Mercosur, 63-65
-Ferrero, A., De Andrea, N. & Lucero, F. (2018). La importancia del consentimiento informado y el asentimiento en psicología. Actas del III Congreso Internacional de Psicología, VI Congreso Nacional de Psicología "Ciencia y Profesión: Desafíos para la construcción de una psicología regional". Pp. 84. Universidad Nacional de Córdoba: Autor.
VIII - Regimen de Aprobación
1. Condición de alumno/a promocional.
a) Asistencia al 80% de las clases teóricas.
b) Aprobación de una evaluación parcial con un mínimo de 7 puntos, en una escala de 0 a 10. El parcial tendrá dos instancias de recuperación.
c) Aprobación del 100% de los trabajos prácticos mediante asistencia. Cada Trabajo Práctico tendrá su instancia de recuperación.
d) Aprobación del 100% de las evaluaciones virtuales con contenidos teóricos y prácticos con un mínimo de 6 puntos. Cada una de estas evaluaciones tendrá su instancia de recuperaciones.
e) Aprobación de un examen integrador con un mínimo de 7 puntos, en una escala de 0 a 10 puntos. El examen integrador tendrá dos instancias de recuperación.

2. Condición de alumno/a regular.
a) Aprobación de una evaluación parcial con un mínimo de 6 puntos, en una escala de 0 a 10. El parcial tendrá dos instancias de recuperación.
b) Aprobación del 100% de los trabajos prácticos mediante asistencia. Cada Trabajo Práctico tendrá su instancia de recuperación.
c) Aprobación del 100% de las evaluaciones virtuales con contenidos teóricos y prácticos con un mínimo de 6 puntos. Cada una de estas evaluaciones tendrá su instancia de recuperaciones.
d) Aprobación del examen final oral a programa abierto con un mínimo de 4 puntos, en una escala de 0 a 10. Los alumnos podrán disertar sobre un tema de su elección.

3. Condición de alumno/a libre.
La aprobación de la materia para los alumnos libres consta de tres instancias:
a) Aprobación de un trabajo práctico, en el que se analiza un caso real o ficticio a partir de los contenidos dictados en la asignatura. Se aprueba con un mínimo de 4 puntos, en una escala de 0 a 10.
b) Aprobación de examen escrito teórico-práctico con un mínimo de 4 puntos, en una escala de 0 a 10.
c) Aprobación de examen oral con un mínimo de 4 puntos, en una escala de 0 a 10.
IX - Bibliografía Básica
[1] Toda la bibliografía se encuentra disponible en la Oficina de Cátedra para su consulta y en el Campus Virtual del curso en la plataforma de la UNSL.
[2] Unidad 1:
[3] Avruj, C. (2014). El reconocimiento de los derechos humanos. La Nación. http://www.lanacion.com.ar/1720636-el-reconocimiento-de-los-derechos-humanos
[4] Bustamante Donas, J. (2001). Hacia la cuarta generación de Derechos Humanos: repensando la condición humana en la sociedad tecnológica. Revista Iberoamericana de Ciencia, Tecnología, Sociedad e Innovación, 1, 22-32.
[5] Ferrero, A. (2002). Importancia de los derechos humanos en los códigos deontológicos de psicología en la Argentina. Revista Argentina de Psicología, 45, 51-58.
[6] Organización de Estados Americanos (1969) Convención Americana sobre Derechos Humanos -Pacto de San José de Costa Rica-. En Nación Argentina, Constitución de la Nación Argentina. Documentos Página 12, 34-37. Buenos Aires: Autor.
[7] Sanz Ferramola, R. (2000). La psicología como ideología exótica en los oscuros años del proceso de desorganización nacional: 1975-1980. Fundamentos en Humanidades, I (2), 43-62.
[8] Organización de las Naciones Unidas (1948/1994). Declaración Universal de Derechos Humanos. En Nación Argentina, Constitución de la Nación Argentina. Documentos Página 12, 33-34.Buenos Aires: Autor.
[9] Unidad 2:
[10] Calo, O (2000). Ética y deontología en la formación del psicólogo argentino. Fundamentos en Humanidades, I (2), 7-12.
[11] Ferrero, A. (2006). Especificidad de la ética y la deontología profesional en psicología. Investigando en Psicología, 8, (8), 113-122.
[12] Ferrero, A. (2012). El valor de la ética profesional en el ejercicio de la psicología. Revista psicólogos. Colegio de psicólogos de Guatemala. 2, 6, 13-17.
[13] Román, B. (2000). Los retos de la ética en el nuevo milenio. ARS BREVIS, 311- 336.
[14] Vilanova, A. (2000). La formación académica del psicólogo en el mundo y en el país. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur. Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata, pp 107-118.
[15] Unidad 3:
[16] Asociación Médica Mundial (1964/2013). Declaración de Helsinki. Autor.
[17] Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médica (CIOMS) & Organización Mundial de la Salud (OMS) (2002). Pautas éticas internacionales para la investigación biomédica en seres humanos.
[18] Leibovich de Duarte, A. (2000). La dimensión ética en la investigación psicológica. Investigaciones en psicología, 5 (1), 41-61.
[19] Mainetti, J. A. (2000). Compendio bioético. II Parte, Capítulo II: Paradigma disciplinario, pp 95-116. La Plata: Queirón.
[20] Ministerio de Salud (2011). Resolución 1480/11. Guía para Investigaciones con Seres Humanos. Buenos Aires: Autor.
[21] Mondragón Barrios, L. (2007). Ética de la investigación psicosocial. Salud Mental, 30 (6), 25-31.
[22] National Health Institute of USA (2003). Informe Belmont. Autor.
[23] Tribunal Internacional de Nürenberg (1947). Código de Nüremberg. Autor
[24] Unidad 4:
[25] Comité Coordinador de Psicólogos del Mercosur y Países Asociados (1997). Protocolo de acuerdo marco de principios éticos para el ejercicio profesional de los psicólogos en el Mercosur y Países Asociados. En Conselho Federal de Psicologia, A psicologia no Mercosur. 11-14. Brasilia: Autor.
[26] De Andrea, N. & Ferrero, A. (2011). Clasificación de las instituciones de la psicología desde tres puntos de vista: objetivos, alcance jurisdiccional y tipo de afiliación. Actas del "III Congreso Internacional de Investigación y Práctica Profesional en Psicología. XVIII Jornadas de Investigación y VII Encuentro de Investigadores en Psicología del Mercosur". Universidad Nacional de Buenos Aires. 77-80.
[27] Federación de Psicólogos de la República Argentina (FePRA). Resolución Nro. 12/03. Autor.
[28] Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (2002). Metacódigo de Ética de la Federación Europea de Psicología (EFPA). Madrid: Colegio Oficial de Psicólogos de España.
[29] Ferrero, A. & De Andrea, N. (2011). Regulación de la Psicología por parte del Estado en la República Argentina. Revista Electrónica de Psicología Política. Facultad de Ciencias Humanas. Universidad Nacional de San Luis. 21, (7), 51- 59.
[30] Gobierno de la Provincia de San Luis (2004). Ley Provincial del Ejercicio Profesional del Psicólogo en San Luis. Ley 5700/04. San Luis: Autor.
[31] International Union of Psychological Science (2008). Universal Declaration of Ethical Principles for Psychologists. Montréal, Canadá: Autor. Extraído de http://www.am.org/iupsys/resources/ethics/univdecl2008.html- - -
[32] Nación Argentina (2010). Ley N° 26.657/10 de Derecho a la Protección de la Salud Mental. Buenos Aires: Autor.
[33] Unidad 5:
[34] American Psychological Association (2002). Código de ética. Washington: Autor.
[35] Calo, O. (2002). La interacción del profesional con los códigos de ética. Revista Argentina de Psicología, 45, 25-36.
[36] Colegio de Psicólogos de San Luis (s/f). Código de Ética Profesional. San Luis. San Luis: Autor.
[37] Del Río Sánchez, C. (2007). Dilemas éticos relacionados con la confidencialidad. Información Psicológica. 90, 12-27.
[38] Federación de Psicólogos de la República Argentina (2013). Código de Ética de la Federación de Psicólogos de la República Argentina. Buenos Aires: Autor.
[39] Federación de Psicólogos de la República Argentina (2015). Declaración de FePRA sobre terapias alternativas. Buenos Aires: Autor. http://www.fepra.org.ar/
[40] Federación de Psicólogos de la República Argentina (2015). Pronunciamiento ante las "terapias alternativas”. Buenos Aires: Autor. http://www.fepra.org.ar
[41] Ferrero, A. (2014). Impacto de la Declaración Universal de Principios Éticos Para Psicólogas y Psicólogos. PSYKHE, 23 (1), pp. 1-11.
[42] Ferrero, A., De Andrea, N. & Lucero, F. (2018). La importancia del consentimiento informado y el asentimiento en psicología. Actas del III Congreso Internacional de Psicología, VI Congreso Nacional de Psicología "Ciencia y Profesión: Desafíos para la construcción de una psicología regional". Pp. 84. Universidad Nacional de Córdoba: Autor.
[43] Ferrero, A., Lucero, F. & De Andrea, N. (2018). Aspectos centrales de la confidencialidad en psicología. Actas del X Congreso Internacional de Investigación y Práctica Profesional en Psicología, XXV Jornadas de Investigación y Decimocuarto Encuentro de Investigadores en Psicología. Buenos Aires: Autor.
[44] Salomone, G. (2011). Responsabilidad profesional: las perspectivas deontológicas, jurídicas y clínicas”. En G. Salomone, Discursos institucionales. Lecturas clínicas, pp. 72-77. Buenos Aires: Dynamo.
[45] Ferrero, A.; Lucero Morales, E. & De Andrea N. (2013). Una aproximación al consentimiento informado en menores en Argentina a partir de la Ley de Salud Mental N° 26.657/10. Actas del V Congreso Internacional de Investigación y Práctica Profesional en Psicología. XX Jornadas de Investigación y IX Encuentro de Investigadores en Psicología del Mercosur, 63-65
X - Bibliografia Complementaria
[1] Alonso, M. (1999). Psicología en Argentina. En, M. Alonso & A. Eagly (Eds.). Psicología en las Américas (pp. 25-45). Caracas: Sociedad Interamericana de Psicología.
[2] Aranguren, J. L. (1986). Etica. Madrid: Alianza.
[3] Ardila, R. (1986). La psicología en América Latina. Pasado, presente y futuro. México-Madrid-Buenos.Aires.-Bogotá: Siglo XXI.
[4] Calo, O. (2000).Sobre el sesgo clínico de los códigos deontológicos de los psicólogos argentinos. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 31-36). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.
[5] Colegio de Psicólgos de Mendoza (2013). Código de Ética. Mendoza: Autor.
[6] De Andrea, N. & Prat, R. Análisis comparativo entre el "Protocolo de Acuerdo Marco de principios éticos para el ejercicio profesional de los psicólogos en el Mercosur y países asociados" y la "Declaración Universal de principios éticos para psicólogas y psicólogos". Memorias de las IV Congreso Internacional de Investigación y Práctica Profesional en Psicología. Buenos Aires, 66-69.
[7] Di Doménico, C. &Vilanova, A. (Eds.) (1999). Formación de Psicólogos en el Mercosur. Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.
[8] Klappenbach, H. (2000). El título profesional del psicólogo en Argentina. Antecedentes históricos y situación actual. Revista Latinoamericana de Psicología, 32, 3, 419-446.
[9] Leranoz, C. (2000). El consentimiento informado en los códigos de ética de la República Argentina. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 47-53). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.
[10] Ormart, E. (2013). El secreto profesional en psicología: aspectos deontológicos, legales y clínicos. Psicología para América Latina, 24, 191-205.
[11] Varela, R. (2000). Acerca de la relación con los colegas, con otros profesionales y con el colegio. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 67-80). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.
[12] Hermosilla, A. (2000). Consideraciones sobre el secreto profesional. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 55-65). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata
XI - Resumen de Objetivos
Conocer la relación entre ética, moral, ética profesional y deontología, especialmente en relación a la psicología. Identificar el impacto de la bioética en la deontología y la ética profesional de la psicología. Analizar aspectos éticos involucrados en el quehacer científico y profesional de la disciplina, profundizando en la resolución de posibles conflictos éticos. Analizar el rol de los derechos humanos y la noción de autonomía en la ética y la deontología de la psicología y el ámbito de la salud mental y su marco legal en Argentina. Conocer reflexivamente las principales normas nacionales e internacionales del ejercicio profesional de la psicología comprendiendo sus fundamentos y alcances.
XII - Resumen del Programa
Esta asignatura brinda conocimientos que posibilitan desarrollar una mirada crítica y reflexiva sobre la condición de psicólogo/a, asentada en una escala axiológica que fundamente decisiones y acciones que atañen a su práctica científica y profesional; y también se procura el análisis y comprensión de aquellas normativas que regulan el ejercicio profesional de la psicología, en todos sus ámbitos.
En la primera parte del programa se brindan contenidos referidos a moral, ética y la deontología, y su implicación en el campo de la psicología, analizando el pasaje de la reflexión moral a la aplicación de la norma profesional. Luego se analizan los requisitos éticos para la investigación en psicología especialmente a partir de los principios de la bioética y de los documentos específicos a nivel nacional e internacional. A continuación se desarrollan los circuitos de regulación del ejercicio profesional por parte de Estado: las actividades reservadas al título, las leyes del ejercicio profesional, la LSM ° 26657, y sus instituciones, con especial interés en los colegios profesionales. De la mano de ello se analiza el valor de los códigos de ética y de las declaraciones de principios éticos, analizando conceptos princeps de la ética profesional. Finalmente, se plantea la responsabilidad social en el ejercicio profesional, que apunta a la promoción y preservación del bienestar y los derechos de personas y comunidades con las que se trabaja, y sus avatares en épocas de falta de garantía de cumplimiento de los derechos humanos.
XIII - Imprevistos
No se prevén.
XIV - Otros