Ministerio de Cultura y Educación
Universidad Nacional de San Luis
Facultad de Psicologia
Departamento: Formación Profesional
Área: Intervención Psicológica II
(Programa del año 2014)
(Programa en trámite de aprobación)
(Programa presentado el 08/10/2014 11:20:51)
I - Oferta Académica
Materia Carrera Plan Año Periodo
DEONTOLOGIA PROFESIONAL LIC. EN PSICOLOGIA 04/96CDH 2014 2° cuatrimestre
II - Equipo Docente
Docente Función Cargo Dedicación
FERRERO, MARCELA ANDREA Prof. Responsable P.Adj Exc 40 Hs
DE ANDREA, NIDIA GEORGINA Auxiliar de Práctico A.1ra Simp 10 Hs
III - Características del Curso
Credito Horario Semanal Tipificación Duración
Teórico/Práctico Teóricas Prácticas de Aula Práct. de lab/ camp/ Resid/ PIP, etc. Total C - Teoria con prácticas de aula Desde Hasta Cantidad de Semanas Cantidad en Horas
Periodo
2 Hs. 2 Hs.  Hs.  Hs. 4 Hs. 2º Cuatrimestre 04/08/2014 14/11/2014 15 60
IV - Fundamentación
La presente Asignatura brinda a los/as alumnos/as el conocimiento necesario para un ejercicio responsable de su profesión, desde el punto de vista ético. La misma está concebida dentro de la currícula de estudiantes de psicología, a una altura de la carrera en la cual el/la alumno/a adquiere competencias con respecto a su futuro rol profesional a partir de haber transitado materias directamente vinculadas con el ejercicio profesional. En tal sentido, es una asignatura que debe brindar los conocimientos que posibiliten:
a) Una mirada crítica y reflexiva sobre la condición de psicólogo/a, necesariamente asentada sobre una escala axiológica inserta en el contexto social de mínimos compartidos, y que determina decisiones y acciones que atañen a otros sujetos, y que por lo tanto, requieren de la responsabilidad subjetiva para la acción en el mundo (objetividad/universalidad).
b) Un desenvolvimiento, ya en el curso de las materias más propiamente aplicadas, de aquellas normativas básicas que regulan el ejercicio profesional de la psicología;
c) La capacidad de resolver diversas situaciones ético dilemáticas acorde no solamente a las diversas normativas ético-deontológicas de la psicología y la bioética actualmente vigentes, sino también a los fundamentos ético-filosóficos que con ellos se relacionan.
Los aspectos deontológicos y éticos desarrollados a lo largo de la asignatura, dan cuenta de la doble vertiente de la psicología, en un todo de acuerdo con los fundamentos de la Licenciatura en Psicología, donde se hace explícita la consideración de la psicología tanto como una ciencia como una profesión, (Ordenanza 04/96, Anexo I). Por ello el recorrido trazado incluye reflexiones éticas y pautas deontológicas que regulan tanto los distintos campos de aplicación profesional, como el ámbito docente y la tarea de investigación en psicología, en particular aquellos valores y normas vinculados con la tarea de investigación con seres humanos, acorde al consenso alcanzado por organismos internacionales.
Así, los fundamentos curriculares de la asignatura, se apoyan en objetivos delineados por el Plan de Estudios de laLicenciatura en Psicología, en su conjunto: observar en su ejercicio profesional y en su práctica investigativa los principios éticos y deontológicos que establezca la comunidad profesional y científica; comprometerse en la promoción defensa y pleno ejercicio de los Derechos Humanos y de los valores de la vida democrática, y asumir una actitud de respeto con el contexto regional, nacional, continental y universal en que se desenvuelve la vida humana. (Ordenanza 04/96, Anexo II).
Es oportuno considerar que la articulación de los contenidos de la asignatura en la formación general del psicólogo, ha sido también tematizada en el "Protocolo de Acuerdo: Recomendaciones acerca de la Formación Universitaria en Psicología en Argentina y Uruguay”, que elaborara en 1999, el Programa de Formación de Especialistas en Innovación Curricular en Psicología de la Asociación de Unidades Académicas de Psicología (AUAPsi), integrado por representantes de todas las carreras de psicología de universidades públicas del país y del Uruguay. En dicho documento, se planteaba la necesidad de que la currícula de la carrera de Psicología se propusiera el desarrollo de "capacidades ético-axio-deontológicas, entendiendo por ellas, competencias relativas a la dimensión ética-axiológica-deontológica implicada en la producción, transmisión, transferencia y aplicación del conocimiento, especialmente con relación a los valores y responsabilidades involucrados en el ejercicio científico y profesional del psicólogo.
Del mismo modo, en 2009 el Ministerio de Educación aprobó la Resolución 343 en la que quedaron sentados los contenidos curriculares básicos, la carga horaria, los criterios de intensidad de la formación práctica y los estándares para la acreditación de las carreras correspondientes a los títulos de Psicólogo y Licenciado en Psicología, señalando que los conocimientos de ética y deontología profesional son indispensables en la formación del/la futuro/a profesional psicólogo/a.
En virtud de ello, el programa procurará brindar una serie de elementos que hacen esencialmente a la racionalidad propia de la ética, a la vez que desarrollar herramientas indispensables para el desempeño profesional y científico del psicólogo/a.
Desde esta perspectiva, el conocimiento de las diversas disposiciones referidas al campo de los Derechos Humanos, de los acuerdos principales de organismos internacionales del campo de la bioética y de la psiquiatría, los cuales constituyen normas de referencia para el profesional de la psicología, como así también de lo establecido por los Códigos de ética nacionales y protocolos de acuerdo internacionales en el campo de la psicología, todo ello, entonces, constituye un conocimiento imprescindible en la formación universitaria de un psicólogo/a responsable. A través de la formación en esta asignatura se propicia que alumnas y alumnos reciban una formación tendiente tanto a la mayor destreza científica y profesional en su campo de aplicación, como a la generación de científicos/as y profesionales responsables y éticamente comprometidos con la realidad social en la que se hallan inmersos, para lo cual es indispensable la consideración de los tres principios básicos de la bioética para toda intervención que involucre seres humanos: beneficencia (y no-maleficencia), autonomía y justicia. A través de consensos nacionales, la principal línea actual de la ética, la ética dialógica, propone el establecimiento de conjuntos de valores comunes en la comunidad científica y profesional, que al adoptar la forma de obligaciones comunes, incluso a través de leyes-, encarnan los anteriormente mencionados principios.
V - Objetivos / Resultados de Aprendizaje
- Reflexionar sobre la relación existente entre ética, moral, ética profesional y deontología, especialmente en relación a la Psicología.
- Fundamentar y desarrollar la problemática de los derechos humanos desde el punto de vista de la deontología de la Psicología, como ciencia y como profesión.
- Conocer y analizar las actividades reservadas al título de la psicología.
- Analizar las principales normas nacionales e internacionales que regulan el ejercicio profesional de la psicología y comprender los fundamentos de las mismas.
- Reconocer el impacto de la bioética en la deontología profesional de la psicología.
- Reconocer aspectos éticos involucrados en el quehacer científico y profesional de la psicología, tanto como las situaciones conflictivas o dilemáticas que pudieran conformar.
VI - Contenidos
Unidad 1. Ética y deontología de la psicología: de la reflexión moral a la aplicación profesional.
La psicología como ciencia y como profesión. La creciente profesionalización de la psicología y el desarrollo de la deontología profesional. La ética y la deontología profesional como parte de la formación de grado.

Unidad 2. La ética de la investigación en psicología.
Principios bioéticos. Pautas éticas para la investigación con humanos: la importancia del consentimiento informado. La investigación en psicología, en el ámbito social y en salud en general. Código de Nüremberg, Declaración de Helsinki, Informe Belmont, Guía para Investigaciones con Seres Humanos de Argentina, Pautas Éticas Internacionales para la Investigación y Experimentación Biomédica en Seres Humanos, Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos.

Unidad 3. Circuitos de regulación del ejercicio profesional: Actividades reservadas al título y leyes del ejercicio profesional.
Antecedentes de las Incumbencias del título de Licenciado/a en Psicología o Psicólogo/a: Resolución 2447/85. Actividades reservadas al título. Relación entre Actividades reservadas al título y formación universitaria adquirida. Leyes del ejercicio profesional en Argentina. Relación entre leyes del ejercicio profesional en Argentina y su relación con los Colegios profesionales. Organización institucional de la comunidad psicológica.

Unidad 4. Los códigos de ética.
El/la psicólogo/a como profesional, como docente y como investigador/a. La necesidad de una formación continua. Confidencialidad o Secreto Profesional. Consentimiento informado. Alcances y límites del secreto profesional. Mala praxis. Principales regulaciones a nivel nacional, regional e internacional. Importancia de la Declaración Universal de Principios Éticos para psicólogas y psicólogos. Primeras aplicaciones de la Declaración Universal de Principios Éticos para psicólogas y psicólogos. Ley de Salud Mental Nº 26657.

Unidad 5. Ética profesional y deontología en psicología. Su relación con los derechos humanos y la responsabilidad social.
Relación entre derechos y obligaciones en el campo profesional. La responsabilidad social en el ejercicio profesional. La importancia de los Derechos Humanos en la práctica profesional. La interrupción del cumplimiento de los derechos humanos y su efecto en la práctica profesional en Argentina.

VII - Plan de Trabajos Prácticos
Los desarrollos teóricos de los contenidos serán complementados por el espacio de trabajos prácticos en los cuales se presentarán a los/as alumnos/as diversos casos a través de los cuales se mostrarán situaciones ético-dilemáticas y se propiciará el análisis reflexivo y crítico de los mismos.
La modalidad de presentación de casos será a través de videos y de casos escritos.
También se utilizará la técnica de role playing para facilitar la comprensión de los contenidos teóricos.

Considerando los planteamientos realizados por el Ministerio de Educación en 2009 a través de la resolución 343 y su modificatoria de 2011, resolución 800, estos trabajos prácticos estarán destinados a la adquisición de habilidades y conocimientos metodológicos y de dispositivos de evaluación e intervención psicológicas. Así, se privilegiará que los/as alumnas/os puedan desarrollar capacidades críticas y reflexivas respecto de diversas clases de situaciones ético dilemáticas referidas a su futuro rol profesional. El análisis de dichas situaciones dilemáticas deberá sustentarse en considerandos éticos y deontológicos suficientemente validados y epistemológicamente fundamentados, acorde al estado actual de conocimiento sobre el tema, reflejado en los textos trabajados.

Serán dos Trabajos Prácticos. En el primero se trabajará la unidades 1 y 2, en el segundo las unidades 3, 4 y 5.
Los mismos serán evaluados a través de la respuesta a cuestionarios y el análisis de casos y viñetas, en los cuales se reflejan las temáticas desarrolladas en los mismos a lo largo del cuatrimestre.

Cada una de estas instancias tendrá sus instancias de recuperación.
VIII - Regimen de Aprobación
Alumnos regulares

1) Asistencia al 80% de Trabajos Prácticos.
2) Dos evaluaciones escritas sobre contenidos analizados en los Trabajos Prácticos. Cada una de estas evaluaciones recibirá una calificación de 1 a 10 puntos, y tendrá su instancia recuperatoria, acorde a las reglamentaciones vigentes. Las evaluaciones, ya sea en primera instancia o en recuperación, deberán ser finalmente aprobadas al menos con una calificación de 7 (siete) puntos cada una de ellas.
3) Si al menos una de las evaluaciones no es aprobada con una calificación de al menos 7(siete) puntos en primera instancia o en la/s recuperación/es, el/la alumno/a quedará Libre.
4) Los exámenes finales orales serán a programa abierto, pudiendo los/as docentes hacer preguntas de cualquiera de los contenidos incluidos en el mismo.

Alumnos promocionales

1) Asistencia al 80% de Clases Teóricas.
2) Asistencia al 80% de Trabajos Prácticos.
3) Dos evaluaciones escritas sobre contenidos analizados en los Trabajos Prácticos. Cada una de estas evaluaciones recibirá una calificación de 1 a 10 puntos, y tendrá su instancia recuperatoria, acorde a las reglamentaciones vigentes. Las evaluaciones, ya sea en primera instancia o en recuperación, deberán ser finalmente aprobadas al menos con una calificación de 7 (siete) puntos cada una de ellas.
4) Dos evaluaciones parciales escritas sobre contenidos desarrollados en clases Teóricas. Cada una de estas evaluaciones recibirá una calificación de 1 a 10 puntos, y tendrá su instancia recuperatoria, acorde a las reglamentaciones vigentes. Las dos evaluaciones, ya sea en primera instancia o en recuperación, deberán ser finalmente aprobadas al menos con una calificación de 7 (siete) puntos cada una de ellas.
5) El promedio de los resultados de las evaluaciones de Trabajos Prácticos será promediado con las notas obtenidas en los parciales, constituyendo el promedio de esas tres notas, la nota final de la asignatura, que deberá ser igual o mayor a 7 para poder acceder a la promoción de la misma.

Alumnos libres

1) Se considerarán alumnos/as libres, aquellos/as que no hayan satisfecho las exigencias fijadas para la obtención de la regularidad de la materia.
2) Deberán rendir y aprobar las 2 (dos) evaluaciones parciales escritas referidas a los contenidos dictados en la asignatura, para acceder a la posibilidad de rendir el examen final oral. Cada una de estas evaluaciones recibirá una calificación de 1 a 10 puntos, y cada una de ellas deberá ser aprobada con 7(siete) puntos o más.
3) Deberán presentar el análisis de un caso donde se reflejen aspectos éticos de la práctica profesional en cualquiera de sus ámbitos. Esta evaluación recibirá una calificación de 1 a 10 puntos, y deberá ser aprobada con 7(siete) puntos o más.
4) Luego de haber aprobado las evaluaciones escritas acorde a lo señalado en los puntos 2) y 3), podrán rendir el examen final oral, acorde a la reglamentación vigente. El mismo será a programa abierto, pudiendo los/as docentes hacer preguntas de cualquiera de los contenidos incluidos en el mismo.
IX - Bibliografía Básica
[1] Toda la bibliografía se encuentra disponible en la Biblioteca de la UNSL, en la Oficina de Cátedra para su consulta y el Campus Virtual de la UNSL.
[2] Unidad 1:
[3] - Vilanova, A. (2000). La formación académica del psicólogo en el mundo y en el país. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur. Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.107-118.
[4] - Calo, O (2000). Ética y deontología en la formación del psicólogo argentino. Fundamentos en Humanidades, (I) 2, 7-12.
[5] - Ferrero, A. (2006). Especificidad de la ética y la deontología profesional en psicología. Investigando en Psicología, 8 (8), 113-122.
[6] - Ferrero, A. (2012). El valor de la ética profesional en el ejercicio de la psicología. Revista psicólogos. Colegio de psicólogos de Guatemala. 2, 6, 13-17.
[7] Unidad 2:
[8] - Mainetti, J. A. (2000). Compendio bioético. II Parte, Capítulo II: Paradigma disciplinario, 95-116.
[9] - Leibovich de Duarte, A. (2000). La dimensión ética en la investigación psicológica. Investigaciones en psicología, 5 (1), 41-61.
[10] - Mondragón Barrios, L. (2007). Ética de la investigación psicosocial. Salud Mental, 30 (6), 25-31.
[11] - López de la Vieja, M. T. (2008). Ética de da Investigación. Las buenas prácticas. ARBOR Ciencia, Pensamiento y Cultura, 730, 233-245.
[12] - Ferrero, A.; Lucero Morales, E. & De Andrea N. (2013). Una aproximación al consentimiento informado en menores en Argentina a partir de la Ley de Salud Mental Nº 26.657/10. Actas del V Congreso Internacional de Investigación y Práctica Profesional en Psicología. XX Jornadas de Investigación y IX Encuentro de Investigadores en Psicología del Mercosur, 63-65.
[13] - Tribunal Internacional de Nurenberg (1946). Código de Nüremberg. Autor
[14] - Asociación Médica Mundial (1964/2000). Declaración de Tokyo - Helsinki II.
[15] - National Health Institute of USA. Informe Belmont. Autor.
[16] - Consejo de Organizaciones Internacionales de las Ciencias Médica (CIOMS) & Organización Mundial de la Salud (OMS) (2002). Pautas Éticas Internacionales para la Investigación y Experimentación Biomédica en Seres Humanos. Santiago de Chile: Instituto Chileno de Medicina Reproductiva (ICMER).
[17] - Organización de Naciones Unidas por la educación, la ciencia y la cultura. (UNESCO) (2005). Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos. Autor.
[18] -Ministerio de Salud (2011). Resolución 1480/11. Guía para Investigaciones con Seres Humanos. Autor.
[19] Unidad 3:
[20] - Ferrero, A. & De Andrea, N. (2011). Regulación de la Psicología por parte del Estado en la República Argentina. Revista Electrónica de Psicología Política. Facultad de Ciencias Humanas. Universidad Nacional de San Luis. 21, (7), 51- 59.
[21] - Viar, J. P. (2002). Algunas cuestiones jurídico-legales relativas al ejercicio profesional de la psicología. Revista Argentina de Psicología. 45, 99-118.
[22] - Federación de Psicólogos de la República Argentina (FePRA). Resolución Nro. 12/03. Autor.
[23] - Gobierno de la Provincia de San Luis (2004). Ley Provincial del Ejercicio Profesional del Psicólogo en San Luis. Ley Nro. 5700/04. San Luis: Autor.
[24] - Ministerio de de Educación. Resolución 343/2009.
[25] - De Andrea, N. & Ferrero, A. (2011). Clasificación de las instituciones de la psicología desde tres puntos de vista: objetivos, alcance jurisdiccional y tipo de afiliación. Actas del “III Congreso Internacional de Investigación y Práctica Profesional en Psicología. XVIII Jornadas de Investigación y VII Encuentro de Investigadores en Psicología del Mercosur”. Universidad Nacional de Buenos Aires. 77-80.
[26] Unidad 4:
[27] - Calo, O. (2002). La interacción del profesional con los códigos de ética. Revista Argentina de Psicología¸45, 25-36.
[28] - Ferrero, A. & Gauthier, J. (2008). Desarrollo y adopción de la Declaración Universal de Principios Éticos para Psicólogas y Psicólogos. Boletín de la Sociedad Interamericana de Psicología.http://www.sipsych.org/
[29] - Universal Declaration of Ethical Principles (2008). Versión castellana Dr. Rubén Ardila y Dra. Andrea Ferrero.
[30] - Ferrero, A. (2014). Impacto de la Declaración Universal de Principios Éticos Para Psicólogas y Psicólogos. PSYKHE, 23 (1), pp. 1-11.
[31] - Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (2002). Metacódigo de Ética de la Federación Europea de Psicología (EFPA). Versión del Colegio Oficial de Psicólogos de España.
[32] - American Psychological Association (2002). Código de ética. Ethical Principles of Psychologists and Code of Conduct.Washington: Autor.
[33] - Comité Coordinador de Psicólogos del Mercosur y Países Asociados (1997). Protocolo de acuerdo marco de principios éticos para el ejercicio profesional de los psicólogos en el Mercosur y Países Asociados. En Conselho Federal de Psicologia, A psicologia no Mercosur. 11-14. Brasilia: Autor.
[34] - Federación de Psicólogos de la República Argentina (1998). Código de Ética de la Federación de Psicólogos de la República Argentina. Mar del Plata: Autor.
[35] - Colegio de Psicólogos de San Luis (s/f). Código de Ética Profesional.San Luis: Autor.
[36] - Hermosilla, A. M. (2002). Mala Praxis y Secreto Profesional. Responsabilidad y Ética Profesional.Comunicación a las Jornadas precongreso XI Congreso Argentino de Psicología, San Juan, 15 al 17 de mayo de 2003.
[37] - De Andrea, N. & Prat, R. Análisis comparativo entre el “Protocolo de Acuerdo Marco de principios éticos para el ejercicio profesional de los psicólogos en el Mercosur y países asociados” y la “Declaración Universal de principios éticos para psicólogas y psicólogos”. Memorias de las IV Congreso Internacional de Investigación y Práctica Profesional en Psicología. Buenos Aires, 66-69.
[38] - Nación Argentina (2010). Ley Nº 26657, Derecho a la Protección de la Salud Mental. Autor.
[39] Unidad 5:
[40] -Organización de las Naciones Unidas (1948/1994). Declaración Universal de Derechos Humanos. En Nación Argentina, Constitución de la Nación Argentina. Bs. As.: Documentos Página 12.33-34.
[41] - Organización de Estados Americanos (1948/1994). Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre: Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica). En Nación Argentina, Constitución de la Nación Argentina. Bs. As.: Documentos Página 12.34-37.
[42] - Ferrero, A. (2002). Importancia de los derechos humanos en los códigos deontológicos de psicología en la Argentina. Revista Argentina de Psicología, 45, 51-58.
[43] - Ferrero, A. (2003). Consecuencias sociales y psicológicas de la globalización económica en Argentina. Una mirada desde la ética profesional. Educación, Salud y Trabajo. Revista Iberoamericana, 4, 253-264.
[44] -Bustamante Donas, J. (2001). Hacia la cuarta generación de Derechos Humanos: repensando la condición humana en la sociedad tecnológica. Revista Iberoamericana de Ciencia, Tecnología, Sociedad e Innovación, 1, 22-32.
[45] - Sanz Ferramola, R. (2000). La psicología como ideología exótica en los oscuros años del proceso de desorganización nacional: 1975-1980. Fundamentos en Humanidades, I (2), 43-62.
X - Bibliografia Complementaria
[1] - Alonso, M. (1999). Psicología en Argentina. En, M. Alonso & A. Eagly (Eds.). Psicología en las Américas (pp. 25-45). Caracas: Sociedad Interamericana de Psicología.
[2] - Aranguren, J. L. (1986). Etica. Madrid: Alianza.
[3] - Ardila, R. (1986). La psicología en América Latina. Pasado, presente y futuro. México-Madrid-Bs.As.-Bogotá: Siglo XXI.
[4] - Asociación de Psicólogos de Buenos Aires (1994). Código de Etica. Buenos Aires: Autor.
[5] - Calo, O. (2000).Sobre el sesgo clínico de los códigos deontológicos de los psicólogos argentinos. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 31-36). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.
[6] - Canadian Psychological Association (1991). Canadian Code of Ethics for Psychologists. Ottawa: Author.
[7] - Colegio de Psicólogos de Chile (1999). Código de Etica Profesional. Santiago: Autor.
[8] - Di Doménico, C. &Vilanova, A. (Eds.) (1999). Formación de Psicólogos en el Mercosur. Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.
[9] - European Federation of Professional Psychologists Associations (1995b). Charter of Professional ethics for Psychologists. En http://www.efppa.org.
[10] - Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 55-65). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.
[11] - Klappenbach, H. (1998). Formas organizativas de la psicología en la Argentina. Notas histórica y situación actual. Idea, 25, 137-158.
[12] - Klappenbach, H. (2000). El título profesional del psicólogo en Argentina. Antecedentes históricos y situación actual. Revista Latinoamericana de Psicología,32, 3, 419-446.
[13] - Leranoz, C. (2000). El consentimiento informado en los códigos de ética de la República Argentina. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 47-53). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.
[14] - Nación Argentina (1967). Ley 17132. Buenos Aires: Secretaría de Salud.
[15] - Nación Argentina. Ministerio de Cultura y Educación de la Nación (1980). Resolución 1560/80. Gaceta Psicológica, 30, 10.
[16] - Paolucci, C. &Verdinelli, S. (1999). La psicología en Argentina. En C. Di Doménico & A. Vilanova (Eds.), Formación de psicólogos en el Mercosur (pp. 15-32). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.
[17] - Varela, R. (2000). Acerca de la relación con los colegas, con otros profesionales y con el colegio. En O. Calo & A. M. Hermosilla (Eds.), Psicología, Ética y Profesión: aportes deontológicos para la integración de los psicólogos del Mercosur (pp. 67-80). Mar del Plata: Universidad Nacional de Mar del Plata.
XI - Resumen de Objetivos
Reflexionar sobre la relación existente entre ética, moral, ética profesional y deontología, especialmente en relación a la Psicología.
Fundamentar y desarrollar la problemática de los derechos humanos desde el punto de vista de la deontología de la Psicología, como ciencia y como profesión.
Conocer y analizar las actividades reservadas al título de la psicología.
Analizar las principales normas nacionales e internacionales que regulan el ejercicio profesional de la psicología y comprender los fundamentos de las mismas.
Reconocer el impacto de la bioética en la deontología profesional de la psicología.
Reconocer aspectos éticos involucrados en el quehacer científico y profesional de la psicología, tanto como las situaciones conflictivas o dilemáticas que pudieran conformar.
XII - Resumen del Programa
En relación con la ubicación de la asignatura en el Plan de Estudios, la misma se encuentra en el denominado Trayecto Profesional. En tal sentido, es una asignatura que brinda los conocimientos que posibilitan: a) Una mirada crítica y reflexiva sobre la condición de psicólogo/a, asentada en una escala axiológica que fundamente decisiones y acciones que atañen a su práctica científica y profesional. b) El análisis y comprensión de aquellas normativas básicas que regulan el ejercicio profesional de la psicología, en todos sus ámbitos.
En la primera parte del programa se brindan contenidos referidos a la ética y la deontología de la psicología, remarcando el pasaje existente desde la reflexión moral y la aplicación profesional, la cual se sustenta en valore morales y éticos. Y de ese modo se justifica el surgimiento de una ética aplicada y una deontología específicas al campo de la psicología. De la mano de ello se plantea la responsabilidad social en el ejercicio profesional, que apunta a la promoción y preservación del bienestar de personas y comunidades con las que se trabaja. Para ello se toman en consideración los aportes de la bioética. También se desarrollan los circuitos de regulación del ejercicio profesional por parte de Estado: las actividades reservadas al título y las leyes del ejercicio profesional. Para ello también se estima conveniente el análisis de las instituciones de la psicología, con especial interés en las asociaciones o colegios profesionales encargadas de controlar el ejercicio profesional, tanto como el desarrollo de los códigos de ética.
Finalmente, los contenidos desarrollados se articulan con el análisis de los Derechos Humanos, ya que constituye un conocimiento imprescindible en la formación universitaria de científicas/os y profesionales responsables.

XIII - Imprevistos
No se preven.
XIV - Otros