Ministerio de Cultura y Educación
Universidad Nacional de San Luis
Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales
Departamento: Ciencias Jurídicas y Políticas
Área: Juridicas Migracion
(Programa del año 2013)
(Programa en trámite de aprobación)
(Programa presentado el 12/06/2013 16:03:43)
I - Oferta Académica
Materia Carrera Plan Año Periodo
Derecho Civil II Abog. Ord.C.D.011/09 2013 1° cuatrimestre
Derecho Civil II Procurador 010/09 2013 1° cuatrimestre
Derecho Civil II Tec. Univ.en Asist.Jurídica 009/09 2013 1° cuatrimestre
II - Equipo Docente
Docente Función Cargo Dedicación
ALEGRE, PATRICIA ADRIANA Prof. Colaborador P.Adj Semi 20 Hs
MARTINEZ, IVANA SOLEDAD Auxiliar de Práctico A.1ra Semi 20 Hs
SALDAÑO, MARCELO GABRIEL Auxiliar de Práctico A.1ra Semi 20 Hs
III - Características del Curso
Credito Horario Semanal Tipificación Duración
Teórico/Práctico Teóricas Prácticas de Aula Práct. de lab/ camp/ Resid/ PIP, etc. Total C - Teoria con prácticas de aula Desde Hasta Cantidad de Semanas Cantidad en Horas
Periodo
90 Hs. 75 Hs. 15 Hs. 0 Hs. 15 Hs. 1º Cuatrimestre 18/03/2013 19/06/2013 14 210
IV - Fundamentación
Desde hace varias décadas la curricula de esta asignatura ha tenido en la universidad argentina una importante reelaboración a partir de su diseño clásico.
Lo cierto es que en la actualidad numerosas Facultades de Derecho han ceñido el desarrollo de la asignatura Derecho Civil II- Obligaciones a la “estructura de la obligación” optando -en consecuencia- por disgregar la Teoría General de Daños como una asignatura con autonomía didáctica pero igualmente obligatoria en la currícula de la carrera y, por supuesto, correlativa de aquélla. La franca evolución del Derecho de Daños -ya sea por su vasta evolución institucional o por sus contenidos nuevos- le ha permitido adquirir la suficiente emancipación como para que dicho cometido académico se concrete. Quizás en el futuro podría la carrera de abogacía plantear esta modificación.
Mientras se reflexiona acerca de las posibilidades de esa reelaboración el programa de la asignatura que presentamos comprende dos partes. Por un lado: la denominada “Estructura y Dinámica de la Obligación” o lo que comúnmente se conoce como “Teoría General de la Obligación” en cuyos contenidos básicos se desarrolla el significado y los alcances del instituto, su importancia y funciones socio jurídicas, en un todo interrelacionado con otras áreas del saber jurídico, no sólo dentro del derecho privado. Así pues, se plantea el estudio de sus elementos, diferentes clasificaciones, efectos jurídicos, transmisiones, para abordar finalmente los modos extintivos del “vínculo obligatorio” que se estima es uno de los grandes epicentros del sistema jurídico argentino y por tanto de la currícula de la carrera de abogacía.
Por otro lado y tal como adelantamos, la segunda parte de la asignatura presenta la “Teoría general de la Reparación de los Daños” o según su denominación clásica “Teoría de la Responsabilidad Civil”. Respecto a esta segunda parte aclaramos que debido a las limitaciones temporales se han incluido sólo conocimientos conceptuales mínimos pero fundamentales para el alumno privilegiando de alguna manera la Teoría general de la obligación, sin que ello signifique desconocer la importancia que la Teoría de la reparación de los daños ha adquirido en la actualidad.
V - Objetivos / Resultados de Aprendizaje
- Posicionar al estudiante en la asignatura desde la interrelación curricular con sus saberes previos.

- Desarrollar en los alumnos las habilidades necesarias para la comprensión y solución adecuada de las cuestiones propias del derecho obligacional.

- Incorporar herramientas para la mejor comprensión y análisis crítico del sistema jurídico, desde el conocimiento teórico-práctico del derecho privado patrimonial.

- Propender a la formación de los estudiantes en la búsqueda y realización posible de los valores del mundo jurídico, en especial, aquellos que resulten socialmente significativos en las relaciones creditorias.

VI - Contenidos
PRIMERA PARTE
TEORIA GENERAL DE LA OBLIGACION: ESTRUCTURA Y DINAMICA

UNIDAD I: La relación jurídica obligatoria
1.La relación jurídica. Concepto. Clasificación. La obligación como relación jurídica.
2. La obligación. Concepto. Evolución histórica. Naturaleza jurídica y caracteres de la obligación. Derechos creditorios y derechos reales. Distinciones y teorías. Las obligaciones propter-rem. Concepto y caracteres. Su aceptación en el derecho argentino.
3. El Derecho de las obligaciones. Su importancia en el sistema jurídico. Su relación con otras ramas del Derecho. Derecho obligacional y Economía. La protección del consumidor y el régimen de las obligaciones.
3. Técnica legal y metodología en el Código Civil argentino. Tendencias modernas. Proyectos de unificación de las obligaciones civiles y comerciales

UNIDAD II: Elementos de la relación obligatoria
1. Elementos de la obligación. Noción. Diversas clases de elementos. Elementos esenciales y accidentales.
2. Elementos esenciales. a) Sujetos. Quienes pueden ser sujetos de la relación creditoria. Requisitos. Los terceros b) Objeto. Concepto. Requisitos. El interés del acreedor. c) Causa. Causa fuente: concepto, caracteres y requisitos. Causa fin. Concepto. Evolución histórica. Diversas teorías. Función. Reglas del Código Civil argentino.
3. Elementos accidentales. Las modalidades. Método del Código Civil. Condición, Plazo y Cargo. Concepto y caracteres. Clasificaciones y efectos.

UNIDAD III: Clasificación de las obligaciones
1. Clasificación según el vinculo jurídico. A) Según su naturaleza: obligaciones civiles y naturales. Concepto. Naturaleza jurídica. Derecho comparado. Efectos. B) según su interdependencia: a) interdependencia por reciprocidad. Obligaciones recíprocas; b) interdependencia por accesoriedad: obligaciones principales y accesorias. Efectos. Excepciones al principio general.
2. Clasificación según los sujetos. A) Obligaciones de sujeto singular. B) obligaciones de sujeto plural: a) pluralidad conjunta: obligaciones simplemente mancomunadas de objeto divisible o indivisible y obligaciones de mancomunación solidaria de objeto divisible o indivisible. Remisión; b) pluralidad disyunta (falsa pluralidad).
3. Clasificación según el objeto. A) Según la naturaleza de la prestación: a) obligaciones de dar; b) obligaciones de hacer y de no hacer. Noción. Cumplimiento específico. Límites. Efectos. La obligación de escriturar. B) Según la determinación del objeto y la naturaleza de los bienes: a) De dar cosas ciertas. Función económica. Extensión. Distintos sistemas de transmisión del derecho real. Reglas en cuanto a riesgos y ventajas en estas obligaciones. Conflicto de acreedores. Reglas del Código civil; b) de dar cosas inciertas no fungibles. concepto y caracteres. Elección e individualización. Obligaciones de género limitado. Efectos y riesgos.; c) De dar cantidades de cosas; d) De dar sumas de dinero. Remisión. C) Según la complejidad del objeto: a) Obligaciones de objeto simple; b) obligaciones de objeto plural o compuesto: conjunto y disyunto. Obligaciones alternativas y facultativas. Concepto y caracteres. Riesgos y efectos.
D) Según la aptitud del objeto para ser fraccionado: Obligaciones divisibles e indivisibles. Concepto y caracteres de cada una. Su régimen y efectos. Remisión
E) Según la índole del interés comprometido: a) obligaciones de medio; b) obligaciones de resultado. F) Según el carácter del comportamiento exigido al deudor: a) obligaciones positivas; b) obligaciones negativas.

Unidad IV. Obligaciones solidarias. Obligaciones de dar sumas de dinero
1. Obligaciones solidarias Antecedentes históricos. Concepto y caracteres. Su régimen y efectos. Fuentes de solidaridad. Limitaciones a la solidaridad: sucesión y subrogación. Excepciones que pueden oponerse a la solidaridad. Extinción y renuncia. Acciones recursorias. El quid de las obligaciones in solidum o concurrentes.
2. Obligaciones de dar sumas de dinero. A) El dinero. Concepto y caracteres. Funciones y clases de moneda en la Economía y el Derecho. La inflación Efectos económicos y jurídicos de la inflación. Actualización de deudas dinerarias por depreciación monetaria en el derecho argentino. Nociones. Cláusulas de estabilización. Régimen actual. B) Distintas clases de obligaciones dinerarias. Obligaciones dinerarias y obligaciones de valor. Concepto. Carácter de la distinción. Régimen normativo.
3. Intereses. Concepto. Clases. Tasa de interés. Régimen legal de los intereses moratorios. Curso y extinción de los intereses. El interés excesivo. La usura. Anatocismo: concepto y recepción en nuestro derecho.

UNIDAD V: Efectos de las obligaciones
1. Los efectos de la obligación. Noción. Clasificación: principales y auxiliares. Distinción con los efectos de los contratos.
2. Efectos normales. A) La ejecución forzada o directa. Su procedencia conforme a la naturaleza de la obligación. B) Medios de compulsión. a) La “astreinte”. Concepto. Naturaleza Jurídica. Función. Caracteres. Hipótesis en que son aplicables. b) Intereses sancionatorios. c) La cláusula penal. Concepto y caracteres. Clases. Finalidades y efectos. Posibilidad de revisión judicial de la cláusula penal. C) Efectos de las obligaciones respecto a los sucesores de las partes y los terceros.
3. Efectos anormales de las oblilgaciones. La indemnización. Remisión Unidad IX.
4. Efectos auxiliares de las obligaciones. A) Derechos del acreedor. Clases. El patrimonio del deudor como garantía colectiva, excepciones. B) Medidas precautorias. Enumeración, concepto y caracteres de cada una. Derecho de retención. Concepto. Requisitos para su ejercicio. Caracteres. Naturaleza jurídica. Extinción. Transmisibilidad. C) Acciones integrativas del patrimonio: a) Acción subrogatoria. Concepto. Naturaleza jurídica y fundamento. Carácter de la acción. Requisitos para su ejercicio. Efectos. b) Acción directas. Concepto. Fundamento. Requisitos para su ejercicio. Efectos. c) Acción revocatoria: Concepto. Fundamento. Naturaleza y caracteres. Requisitos generales y especiales. Prueba. Efectos. d) Simulación. Noción. Acción de los terceros. Caso de los subadquirentes. Acumulabilidad con la acción revocatoria. D) Privilegios. Concepto y caracteres, naturaleza jurídica. Fuentes. Clasificación de los privilegios según el Código civil: sobre el conjunto del patrimonio; sobre la generalidad de los muebles; especiales sobre muebles e inmuebles.

UNIDAD VI: Transmisión de las obligaciones
1. La transmisibilidad de las obligaciones. Concepto. Diversas formas. Principios generales. Limitaciones. Transmisión hereditaria. Derecho comparado. Similitudes y diferencias entre la cesión de créditos o de deudas y la cesión de contrato.
2. Cesión de créditos. Concepto. Antecedentes históricos. Sistema del código civil. Caracteres. Capacidad, objeto y reglas que rigen la transferencia. Forma. Efectos de la cesión entres partes y respecto de terceros. Cesionario y embargantes.
3. Cesión de deudas. Concepto. Antecedentes históricos y derecho comparado. Clases. Cesión de patrimonios integrales.
4. Reconocimiento de las obligaciones. Concepto. Naturaleza jurídica. Diferencia con las figuras afines. Requisitos y forma. Efectos.

UNIDAD VII: Extinción de las obligaciones
1. Diversos medios extintivos. Su clasificación.
2. El pago. Concepto y naturaleza jurídica. A) Sujetos. Personas que pueden y deben pa¬gar. Pago efectuado por terceros interesados y no interesados. Personas a quienes debe hacerse el pago. El pago hecho a terceros. Distintos casos. B) Objeto del pago. Exactitud del pago: identidad e integridad. C) Lugar y tiempo. D) Efectos del pago. E) Prueba. F) Imputación de pago. Concepto. Imputación por el deudor, por el acreedor e imputación legal.
3. Modalidades del pago: A) Pago por consignación. Concepto y caracteres. Requisitos. Casos previstos por el Código Civil. Carácter de la enumeración. Mora y pago por consignación. La consignación en obligaciones de dar cosas ciertas y cosas indeter¬minadas a elección del acreedor. B) Pago con subrogación. Noción y naturaleza jurídica. Subrogación por el acreedor. Requisitos. Subrogación por el deudor. Requisitos. Subrogación legal. Efectos del pago con subrogación. C) Dación en pago. Concepto. Naturaleza y ele¬mentos. Normas aplicables. D) Pago con beneficio de competencia. Concepto. Régimen legal. Efectos.
4. Novación Concepto. Modificaciones que no importan nova¬ción. Clases de novación. Cambio de sujetos: delegación y expro¬misión. Comparación con la cesión de créditos y con el pago con subroga¬ción. 7) Efectos esenciales y accidentales.
5. Transacción. Concepto. Naturaleza Jurídica. Condiciones de validez: aptitud para transigir. Limitaciones legales. El objeto. Prohibiciones legales. Forma y prueba. Efectos de la tran¬sacción.
6. Compensación. Concepto. Naturaleza jurídica. Diversas clases. Requisitos de la compensación legal. Compensación total y parcial. Efectos.
7. Confusión. Concepto y efectos. Diversos casos.
8. Renuncia de derecho y remisión de la deuda. Concepto. Limitaciones al derecho de renunciar. Forma y efectos. Remisión de la deuda. Concepto. Formas y efectos.
9. Imposibilidad del pago. Concepto. Casos. Efectos.
10. Prescripción liberatoria. A) Concepto y fundamentos. Caracteres. Sujetos de la pres¬cripción. Acciones prescriptibles: Principio general y excep¬ciones. B) Curso de la prescripción. Momento inicial. Suspensión. Concepto. Análisis de los diversos casos. Interrupción de la prescripción. Concepto. Actos in¬terruptivos de la prescripción. Clasificación. Interrupción por demanda. Reclamaciones administrati¬vas. Casos en que queda sin efecto la interrupción. C) Plazos de prescripción liberatoria. Los diversos plazos legales. D) Plazos de caducidad. Comparación con los plazos de pres¬cripción.

UNIDAD VIII: Otras fuentes extracontractuales de las obligaciones
1. Voluntad unilateral. Concepto. La discusión acerca de su procedencia como fuente de obligaciones. Situación actual en el derecho argentino.
2. Enriquecimiento sin causa. A) Nociones previas. Concepto. Antecedentes históricos. Legislación extranjera. Proyectos de reforma. B) La acción “in rem verso”: requisitos, enunciado y análisis. Fundamento. Distintas teorías. Sistemas del Código Civil: casos. Efectos. Subsidiariedad. C) Pago de lo indebido: Concepto. Requisitos. Efectos. La causa del pago. Pago sin causa fuente. Pago sin causa fin. Efectos.

SEGUNDA PARTE
TEORIA GENERAL DE LA REPARACION DE DAÑOS

UNIDAD IX:. Nociones preliminares
1. Concepto de responsabilidad civil. Su evolución en la Historia. Hacia una teoría de la reparación. El acto injusto lesivo y la reacción del orden jurídico: la indemnización del daño.
2. Unidad del fenómeno resarcitorio. La postura del Código Civil argentino: El art. 1107 y el doble ámbito contractual y extracontractual en el sistema. Diferencia de régimen entre ambas órbitas. Hacia la unificación de la extensión del resarcimiento: congresos y jornadas, doctrina, legislación comparada y proyectos de unificación de la legislación civil y comercial de la nación.
3. Responsabilidad precontractual: concepto. Su evolución en la historia. Régimen en el Código Civil Argentino. Quid de su ubicación en la órbita contractual o extracontractual. Efectos: remisión. Su recepción en el Proyecto de unificación de la legislación civil y comercial (art. 1158, 1159 y concordantes).
4. Presupuestos generales del deber de resarcir: A) antijuridicidad; B) Factores de atribución: subjetivos y objetivos; C) daño; D) nexo de causalidad.

UNIDAD X: Antijuridicidad
1. Antijuridicidad. Concepto y su evolución histórica. Clasificación: Formal y material, penal y civil; objetiva y subjetiva. Antijuridicidad y culpabilidad; antijuridicidad y nexo de causalidad. La antijuridicidad en el Código de Vélez Sarsfield. La reforma del año 1968. El presupuesto y el proyecto de unificación civil y comercial de la nación.
2. La antijuridicidad en la órbita contractual. Teoría del incumplimiento: Inejecución de la obligación. Prueba. El incumplimiento. Clases: absoluto y relativo
3. Mora. Concepto Presupuestos. Diversos sistemas de constitución en mora. Interpelación. Concepto. Naturaleza jurídica. Formas de interpelar. Requisitos intrínsecos y extrínsecos. La constitución en mora en el Código Civil Argentino antes y después de la reforma de 1968. Casuística del art. 509 del Código Civil. Efectos de la mora. Cesación de la mora. Mora del acreedor. Mora en las obligaciones recíprocas. Factores impeditivos de la mora.
4. La antijuridicidad en la órbita extracontractual: violación del deber genérico de no dañar. Ausencia de tipicidad: los deberes de conducta de Planiol y Ripert.
5. El abuso del derecho: concepto. Antecedentes, distintas teorías y su recepción legal en el derecho argentino. Efectos.
6. Factores evitativos de la antijuridicidad o causas de justificación: concepto. Su enumeración. a) Ejercicio legítimo de un derecho; b) Legítima defensa; c) Estado de necesidad; d) Consentimiento del damnificado; e) Cumplimiento de una obligación legal
7. Crisis del presupuesto en estudio: a) La antijuridicidad y el deber de resarcir derivado de actos lícitos. b) La antijuridicidad y el deber de resarcir derivado de factores objetivos de atribución.

UNIDAD XI: Factores de atribución
1. Factores de atribución: Concepto. Factores subjetivos y objetivos: enumeración.
2. Imputabilidad con base en factores subjetivos. El obrar voluntario. Imputabilidad de primero y de segundo grado. Importancia de la distinción.
3. Dolo: sus acepciones. a) En el incumplimiento de la obligación. Dispensa del dolo. Prueba. Efecto del dolo en la inejecución de la obligación. b) El dolo delictual: delito civil. Su caracterización. Supuestos de delitos civiles enunciados en el Código. Contenido de la reparación.
4. Culpa: concepto. Nociones históricas. Clasificación y graduación de la culpa. Criterios de apreciación. Presunción de culpa. Derecho comparado. Sistema del Código Civil Argentino. La unidad o pluralidad de la culpa y el doble régimen legal positivo con base en este factor. A) La culpa en la órbita contractual: como calificativo de la conducta del deudor en el incumplimiento de la obligación. Prueba de la culpa. Obligaciones de medios y de resultado. Dispensa de la culpa. Cláusulas limitativas de la responsabilidad: estado actual de la cuestión. Culpa concurrente. Efectos de la culpa: el daño resarcible (remisión). B) La culpa en la órbita extracontractual: el acto ilícito “cuasidelito”. Su configuración. El deber de resarcir por el hecho propio. Prueba de la culpa. El deber de resarcir por el hecho del hombre “con la cosa”: presunción de culpa a cargo del dueño o guardián. El deber de resarcir por el hecho ajeno de los incapaces: Deber de resarcir de los padres, tutores y curadores, de los directores de colegio y maestros. Culpa concurrente. Presunción de culpa (iuris tantum). Causas de inimputabilidad subjetiva.
5. La atribución del daño con base en factores objetivos. Evolución histórica en el derecho comparado y argentino
6. Factor garantía Concepto y fundamentos. A) En la órbita. contractual: las obligaciones de seguridad. La responsabilidad del deudor por el hecho de sus representantes y auxiliares. B) En la órbita extracontractual. Los daños por los hechos de los dependientes (art. 1113). Presupuesto y fundamento. Condiciones.
7. Riesgo creado: Concepto y fundamento. Estado actual en los ámbitos legislativo, doctrinario y jurisprudencial. A) En la responsabilidad contractual. Transporte de personas. Extensión de esta disposición legal según doctrina y jurisprudencial. B) En la responsabilidad extracontractual. Cosas inanimadas. Antecedentes. Reforma de la Ley 17711. El daño por “vicio o riesgo” de la cosa. Personas responsables y carácter de su responsabilidad frente a la víctima. Exoneración de esta responsabilidad según el texto legal (remisión). Casos particulares: automotores, aeronaves, productos elaborados, etc.. Daños causados por animales
8. Otros factores de atribución objetivos: equidad (art. 907), quid del abuso del derecho (art. 1071); quid del límite a la normal tolerancia entre vecinos (art. 2618).

UNIDAD XII: Daño
1. Daño resarcible: concepto. Daño justificado y daño resarcible. Requisitos del daño resarcible. Integración del daño: daño emergente y lucro cesante (art. 519 y 1069 Código civil).
2. Diferentes clases de daños: A) Daño patrimonial: concepto. En la órbita contractual, extracontractual y en ambas órbitas. B) Daño moral: Concepto. Resarcibilidad. Teorías. Régimen legal argentino, antes y después de la reforma de la ley 17711: en los hechos ilícitos y en el cumplimiento de las obligaciones.
3. Existencia y prueba del daño: entidad del daño: modificaciones intrínsecas y extrínsecas. Compensación del lucro en el daño. Normas específicas del Código Civil sobre la comprensión del daño resarcible en los delitos contra las personas y contra la propiedad. Su innecesariedad.
4. Valuación de los daños: Momento de la apreciación. Clases: Legal judicial y convencional. La cláusula penal: concepto. Fin compulsivo y fin resarcitorio. Caracteres. El principio de la inmutabilidad de la pena y la reforma de la ley 17711.
5. La indemnización como sanción resarcitoria. Indemnización en especie y/o en dinero El art. 1083 antes y después de la reforma de 1968. Doctrina y jurisprudencia.

UNIDAD XIII: Nexo de causalidad
1. Condiciones generales de la causación. La causalidad en el mundo jurídico. Concepto. Aplicaciones. Diferencia de la univocidad del concepto causal. Evolución histórica de su tratamiento en el campo jurídico. Funciones del presupuesto.
2. Diversas teorías: a) De la equivalencia de las condiciones. b) De la causa próxima, c) De la causa eficiente d) De la causa adecuada.
3. Extensión del resarcimiento en cada órbita. Criterios subjetivos, objetivos y mixtos en la limitación del resarcimiento. Derecho comparado. El Código Civil argentino antes y después de la reforma de la Ley 17711. Teoría de las consecuencias: el art 901 y siguientes del Código Civil Argentino: su análisis. Art. 520 y sigtes. en la órbita contractual.
4. Prueba de la relación causal. Carga de la prueba. La causalidad y el deber de resarcir por hecho propio. La causalidad y el deber de resarcir indirecto o reflejo. La causalidad y el deber de resarcir cuando se imputa a través de factores objetivos.
5. Interrupción del nexo causal: la causa ajena, concepto. Aplicaciones del principio exoneratorio en ambas órbitas. A) La culpa o hecho de la víctima. B) La culpa o hecho de un tercero. C) El caso fortuito y fuerza mayor. Concepto Caracteres efectos. Excepciones del principio exoneratorio. Distintos supuestos.

VII - Plan de Trabajos Prácticos
El complejo proceso de enseñanza aprendizaje significa -como su nombre lo indica- diversas etapas de labor académica que deben asumir con un fuerte compromiso institucional de formación científico-profesional todos los involucrados en él, es decir, docentes, estudiantes y no docentes.
Se estima de suma importancia la formación científica permanente de los docentes. Esto implica una tarea a cargo del titular mediante reuniones de cátedra que prevean el estudio del Derecho civil, especialmente destinadas a los docentes más jóvenes, auxiliares, adscriptos y ayudantes alumnos que deseen incorporarse.
En cuanto al proceso de enseñanza aprendizaje destinado a los estudiantes de grado se observa que la asignatura a la que corresponde este Programa se encuentra ubicada en el segundo año de la carrera y cuenta con un número reducido de horas cátedra para el desarrollo de los temas por parte de los docentes. Por tanto la realidad indica que los estudiantes están en una etapa de su carrera en la cual recién han comenzado a familiarizarse con la educación superior, su perfil y sus exigencias y que el tiempo para la maduración de los conocimientos es escaso.
En este contexto se brindará un apoyo lo más personalizado posible a todos los estudiantes que deseen estudiar la materia mediante el cursado regular o para rendirla en calidad de alumno libre. El proceso de enseñanza aprendizaje tenderá sobre todo a profundizar la compresión de los institutos sustanciales del derecho obligacional, ayudar a los alumnos a construir su propio pensamiento y a alcanzar un grado satisfactorio de aplicación práctica de los conceptos teóricos.
Las clases del curso regular serán teórico prácticas. En el desarrollo teórico los docentes emplearán mayoritariamente clases de dirección frontal con la participación activa de los alumnos. Los prácticos versarán preferentemente sobre casos reales exigiéndose a los alumnos que sean capaces de sintetizar y explicar el supuesto de hecho que contemplan formular una solución fundada al caso.
VIII - Regimen de Aprobación
Los criterios evaluativos se establecen a partir de una pedagogía constructivista del conocimiento, donde el alumno en ciertas instancias podrá incluso participar del proceso evaluativo a través del debate y la resolución de “casos” brindados por el docente. Es por ello que las modalidades evaluativas que adoptamos son: teórico - prácticas, escritas y orales, individuales y grupales, de acuerdo a las necesidades de cada contenido en cada instancia del cursado y en miras a alcanzar los objetivos planteados.
Se evaluará especialmente que los alumnos logren capacidad de síntesis en el análisis de jurisprudencia y solución de conflictos jurídicos, adquisición de un adecuado vocabulario técnico – jurídico en función de la instancia de la carrera y claridad en la expresión oral y escrita.
Para regularizar un curso los alumnos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
a. Asistencia a las clases teóricas, prácticas. Los porcentajes de asistencia tanto a la teoría como en las prácticas serán como mínimo del 80%. Se tomaran un practico por cada unidad temática dictada.-
b. Con la aprobación del 100% de las evaluaciones de dos parciales. Cada Parcial tendrá al menos una recuperación y no más de dos.
c. Con la aprobación del 100% de los trabajos prácticos. Las condiciones para la aprobación serán establecidas en cada uno de los prácticos que se determinen.
d. Para los alumnos que trabajen y las otras categorías de regímenes especiales, se normará por las Ordenanzas C.S. N° 26/97 y 15/00. Toda otra causal no contemplada en los apartados precedentes, será resuelta por el Consejo Directivo de cada Facultad.

IX - Bibliografía Básica
[1] ALTERINI, Atilio A. AMEAL Oscar J. y LOPEZ CABANA Roberto M. "CURSO DE OBLIGACIONES", Edit. Abeledo Perrot., Bs.As., 2008,. 4ª edición actualizada.
[2] BORDA, Guillermo A. "Tratado de Derecho Civil Argentino. Obligaciones" (2 tomos) Edit. Abeledo Perrot, Bs. As., 1998.
[3] CAZEAUX, Pedro N. y TRIGO REPRESAS, Félix. "Derecho de las obligaciones" (4 tomos). Edit. Platense, La Plata, 4ª edic. actualizada, 2010.
[4] COMPAGNUCCI DE CASO, Rubén, Obligaciones civiles y comerciales, Lexis Nexis, Bs.As., 2008
[5] LLAMBIAS, Jorge J. "Tratado de Derecho Civil. Obligaciones. (5 tomos) Edit. Abeledo Perrot, Bs.As.
[6] MOISSET ESPANES, Luis "Curso de Obligaciones" (2 tomos) Edit. Advocatus. Cordoba.1994.
[7] PIZARRO, Ramón Daniel – VALLESPINOS, Carlos Gustavo; “Instituciones de Derecho Privado. Obligaciones” (4 Tomos). Edit. Hammurabi, Bs.As..1999 y siguientes.
[8] TRIGO REPRESAS, Felix - LOPEZ MESA, Marcelo: “Tratado de la Responsabilidad Civil” (4 tomos), Edt. La Ley, Bs. As., 1995.
[9] WAYAR, Ernesto C. "Derecho civil - Obligaciones" Edit. Depalma, Bs.As., 2002,
[10] CODIGOS CIVILES ANOTADOS
[11] LLAMBIAS, Jorge J., "Código Civil Anotado" Edit. Abeledo Perrot., Bs.As.
[12] SALAS, Acdeel E. y TRIGO REPRESAS, Félix. "Código Civil Anotado” Edit. Depalma, Bs.As., actualizado año 2000
[13] Belluscio, Augusto C., Zannoni, Eduardo A., "Código Civil y leyes complementarias., tomo 3, Bs. As. 2004.
X - Bibliografia Complementaria
[1] MOISSET ESPANES, Luis, MERINO Francisco "Reflexiones sobre la clasificación de los plazos, la mora y la obligación de inscribir una transferencia de automotores". E.D. 41-1003.
[2] BIDART CAMPOS, German; "La indexación de las deudas de dinero como principio constitucional". E.D. 72-697.
[3] BIDART CAMPOS, German; "Hacia la indexacion de deudas de dinero sin mora" E.D. 92-583
[4] MARQUEZ, José Fernando, "El anatocismo en las liquidaciones judiciales, Semanario Jurídico de Córdoba, 20 de Julio de 1995, Año XIX, Nº 1046, pág. 65.
[5] “Intereses judiciales. Un excelente debate en el Tribunal Superior de Justicia cordobés”, Zeus Córdoba, N° 216, Año V, 26 de septiembre de 2006, Tomo 9, pág. 355.
[6] MOISSET DE ESPANES, Luis; "Las obligaciones de no hacer y la mora".Jurisprudencia Argentina, Doctrina 1974-676.
XI - Resumen de Objetivos
 
XII - Resumen del Programa
 
XIII - Imprevistos
 
XIV - Otros